Peras con manzanas: la delgada línea entre derechos y daño colateral
En el análisis sociopolítico, es fundamental diferenciar entre el ejercicio legítimo del derecho a la protesta y las acciones que, aunque reivindicativas, derivan en daños que afectan a terceros. La movilización social es un mecanismo esencial en democracia, que permite visibilizar problemas, cuestionar estructuras de poder, o promover rendición de cuentas. Sin embargo, no toda manifestación responde automáticamente a un ejercicio válido de derechos; existe una línea que separa el reproche pacífico y el disenso efectivo de acciones que, aunque nacen del derecho a revelarse, trascienden límites éticos y jurídicos.
No se debe confundir una movilización con acciones que inquietan derechos de personas no involucradas con el reclamo original. La protesta serena y mesurada tiene un valor en sí misma, pero los bloqueos o acciones que perjudican a personas inocentes cruzan ese umbral. Cuando los demandantes cierran vías o dañan derechos elementales, dejan de ser expresión de desacuerdo y se convierten en obstáculos que lesionan la convivencia ciudadana y vulneran derechos de otros ciudadanos.
Es importante entender que la protección del derecho a la protesta no es absoluta y debe equilibrarse con otros derechos constitucionales, como la libertad de tránsito, el trabajo, la educación, la seguridad, o la economía local. Cuando los bloqueos impactan significativamente en la vida cotidiana de terceros, se justifica una intervención que garantice el orden, sin menoscabar la demanda. La desinformación y la falta de mecanismos de diálogo pueden impulsar acciones que trascienden la legítima expresión y derivan en daños colaterales.
Estas acciones, además de vulnerar derechos ajenos, distorsionan la percepción pública, calificándolas como vandálicas o de sabotaje. La diferencia radica en que los derechos de censura no pueden ser utilizados para impedir el funcionamiento de la sociedad ni vulnerar derechos de quienes no participan en la reprobación de una situación. La convocatoria ciudadana debe mantener un carácter pacífico y respetuoso; su fortaleza reside en la capacidad de generar cambios sin causar sufrimiento o perjuicio injusto a los demás. Solo así será efectiva, moralmente válida y permitirá un equilibrio entre la crítica legítima y el respeto por los derechos de todos.
Marko Quiroga BerazaÍn,
Ph.D. Investigador CEPLAG – UMSS
mkquiroga@gmail.com