Senado sanciona ley para diferimiento de créditos bancarios y suspensión de embargos
La Cámara de Senadores sancionó este miércoles el proyecto de ley que establece un diferimiento y suspensión temporal de acciones judiciales para prestatarios. La norma fue remitida al Órgano Ejecutivo, según ERBOL.
Entre sus puntos clave, la ley establece un diferimiento automático, por lo que las entidades financieras deberán postergar el pago de cuotas por un plazo de seis meses.
Esta medida aplicaría a los créditos de vivienda de interés social y a los créditos de las unidades económicas micros y pequeñas. Incluye el pago a capital, intereses, seguros, comisiones y otros cargos.
Por el mismo plazo de seis meses, dispone suspender en todo el territorio nacional las órdenes judiciales de embargo, así como la ejecución de sentencias, remates, desapoderamientos y otras medidas judiciales por cobro de créditos de vivienda de interés social.
La ley establece que el diferimiento no implicará el incremento de las tasas de interés, la ejecución de sanciones o penalizaciones por mora, anatocismo, ni costos administrativos adicionales.
La medida legislativa fue cuestionada por el sector bancario privado. La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) advirtió anteriormente que una nueva postergación forzosa de pagos "comprometería la estabilidad del sistema financiero" y provocaría una "inevitable restricción del crédito.
Asoban hizo un llamado a las autoridades del Gobierno y a la Asamblea a evitar decisiones que pongan en riesgo la estabilidad financiera del país. La asociación reafirmó, sin embargo, su compromiso de analizar cada caso de los prestatario para buscar soluciones sostenibles.