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  • Diario Digital | miércoles, 03 de junio de 2026
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Resolución de Economía permite no registrar contrataciones por emergencia o desastres

La modificación normativa permitió a los tres niveles del Gobierno hacer compra de emergencia por COVID-19 sin publicar información en el Sicoes que permita ejercer fiscalización. Es el caso de los cuestionados respiradores españoles, motivo de investigación por presunta corrupción.
La resolución emitida por el Ministerio de Economía. DETRÁS DE LA VERDAD
La resolución emitida por el Ministerio de Economía. DETRÁS DE LA VERDAD
Resolución de Economía permite no registrar contrataciones por emergencia o desastres

El 7 de febrero pasado, el Ministerio de Economía emitió la resolución ministerial 0/43 que determina la modificación del manual de operaciones del Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes), elaborado en 2015, e instruye cambiar parte del texto señalando que “No corresponde el registro en el PAC (Programa Anual de Contrataciones) de las contrataciones por Desastre y/o Emergencia (…)”.

La resolución, firmada por el ministro de Economía, José Luis Parada, y por la viceministra interina de Presupuesto, Magaly Churruarrín, fue emitida poco más de un mes antes de que el Gobierno declarara cuarentena nacional para frenar la propagación del coronavirus y posibilitó que los tres niveles de Gobierno puedan hacer contrataciones de emergencia sin publicar detalles en el Sicoes que permitan fiscalizar las adquisiciones, entre ellas la polémica compra de respiradores españoles que originaron una investigación por presunta corrupción en el proceso.

La modificación va a contramano del artículo 14 de la Ley No 1267 del 20 de diciembre de 2019, del Presupuesto General del Estado (PGE) 2020, que establece que las entidades públicas deben registrar obligatoriamente en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes) la información de sus procesos de contratación, independientemente de la norma aplicada en la ejecución del proceso de contratación y la fuente de financiamiento, conforme las cuantías, plazos y demás condiciones establecidas en el manual de operaciones del Sicoes.

El Gobierno, a través del Ministerio de Economía, justificó los cambios en el citado manual “con el objeto de incrementar la trasparencia en las contrataciones del Estado, resguardando la confidencialidad y reserva de la información para la seguridad nacional y defensa de los intereses del Estado (…)” y con la atribución que le da a esa cartera de Estado el inciso d) del artículo 52 del Decreto Supremo 29894 del 7 de febrero de 2009, de Organización del Órgano Ejecutivo, de ejercer la autoridad fiscal y ser órgano rector de las normas de la gestión pública.