Lima dice que referéndum tendrá vigencia inmediata y será "vinculante"
El ministro de Justicia, Iván Lima, indicó este miércoles que las respuestas del próximo referéndum tendrán vigencia “inmediata, obligatoria y vinculante”.
Según la autoridad de Justicia, ninguna de las consultas, referentes a la reelección, subvención de hidrocarburos y escaños parlamentarios, necesitará una reforma de la Constitución Política del Estado (CPE).
Lima recordó que en el pasado se presentó una solicitud al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para modificar parcialmente la Constitución, pero, jamás se logró una sentencia favorable.
Actualmente, las leyes nacionales facultan al presidente del Estado a convocar un referendo por iniciativa propia y que el mismo debe remitir las preguntas al Órgano Electoral.
Lima afirmó que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene tres días para pronunciarse sobre las preguntas planteadas por Arce y que las mismos aún son susceptibles a cambios.
Independientemente de dicho proceso, Lima dijo que el criterio constitucional sobre las mismas debe ser emitido por el TCP hasta el 31 de agosto.
“Este trámite tiene que ser terminado antes del 31 de agosto. No podemos excedernos de ese plazo. La fecha fatal que tenemos para que el Tribunal Supremo Electoral hable y el Tribunal Constitucional emita la sentencia es la próxima semana. El próximo sábado este procedimiento debe haber quedado concluido, porque la ley señala que este trámite previo debe concluir 90 días antes del día en el que se va a realizar el referéndum”, dijo Lima.
Pidió que el TSE cumpla las 72 horas que tiene para emitir su dictamen técnico y que la próxima semana el TCP ya dicte una sentencia.
El Ministro aclaró que los textos propuestos por Arce no son definitivos, sino están sujetos al pronunciamiento del TSE y el TCP.
Si bien la oposición sostuvo que Arce no puede convocar a este referendo porque implica la reforma de la Constitución, Lima aseguró que las preguntas no implican la reforma constitucional.
“La base legal que hemos utilizado se basa en el artículo 18 de la ley 26. No determina reforma constitucional y, de ser el caso que sea necesario un procedimiento de reforma, será posterior al 1 de diciembre”, dijo Lima consultado sobre la pregunta 1 que explícitamente refiere a una modificación de la Constitución Política del Estado.
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