Opinión Bolivia

  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 15:30

Dejan a jueces frente a 3 delitos y a feminicidas sin 2 beneficios

Rige ley que endurece penas por prevaricato, consorcio y retardación. Los agresores no podrán tener detención domiciliaria y deberán cumplir su condena hasta el último día. 
Un grupo de mujeres celebra la promulgación de la norma, ayer. APG
Un grupo de mujeres celebra la promulgación de la norma, ayer. APG
Dejan a jueces frente a 3 delitos y a feminicidas sin 2 beneficios

Una ley endurece las penas y establece hasta 20 años de prisión para jueces por los delitos de prevaricato, consorcio y retardación de justicia en los casos de feminicidio, infanticidio y violaciones. A su vez, se restringe los beneficios para estos agresores que no podrán tener detención domiciliaria y deberán cumplir su condena hasta el último día.

La Asociación de Magistrados de Bolivia (Amabol) se declaró en emergencia y advierte que se va contra la Constitución y las leyes. Según su presidenta, Grenny Bolling, se reunirán para tomar una posición.

La Ley de Protección de Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente, promulgada por el presidente Luis Arce, rige después de casos como el de Richard Choque, quien fue liberado por un juez, a pesar de que tenía una sentencia por asesinato, y volvió a cometer el delito.

“Hoy (por ayer) promulgados una ley que consolida el trabajo de manera permanente para cuidar la vida de las mujeres en nuestro país. Se establece mecanismos que precautelan los derechos de las víctimas”, indicó, según ERBOL.

Recordó que este tipo de violencia “deshumanizada” se produce en una sociedad que aún no ha salido de los moldes del patriarcado, por lo que la indignación social es grande y consideran que no hay castigo suficiente.

“Es verdaderamente dramático tener que afrontar estos hechos que nos conmueven y que nos llenan de ira e impotencia. Vemos que este problema debemos enfrentarlo de manera decidida, porque no es un simple tema policial y mucho menos atañe a la comisión de un delito, sino es una pervertida muestra de abuso y de ejercicio de un falso poder”, agregó.

Dijo también que es vital que los jueces “administren justicia” y que no tengan opción para favorecer a los delincuentes.

MEDIDAS

El ministro de Justicia, Iván Lima, explicó, citado por ABI, que con la promulgación de esta ley, la pena por el delito de prevaricato sube de 10 a 20 años de privación de libertad y en el caso de consorcio de 5 a 10 años. También advierte que la demora procesal (retardación) no será causal para que cesen las medidas cautelares sin necesidad de contar con el autosupremo y tampoco se aplicará la libertad condicional. 

Por otro lado, las partes del proceso podrán pedir el pronto despacho en el plazo de 10 días, es decir que luego de ese plazo los Tribunales Departamentales de Justicia que no emiten el auto de vista, ese incumplimiento injustificado  dará lugar a que se considere esta actitud como una falta grave con responsabilidad disciplinaria y penal del funcionario negligente.

“No se puede tolerar que los casos duerman y tampoco se permitirá que los actuados investigativos revictimicen a las víctimas”, dijo.

SITUACIÓN

Después que se develó el caso de Choque, el Gobierno asumió medidas para luchar contra estas irregularidades.

El 4 de febrero, el Presidente ordenó la conformación de una Comisión de Revisión de Casos de Violación y Feminicidio conformada por los órganos del Estado a fin de investigar y asumir acciones que eviten que sentenciados salgan en libertad, así como garantizar justicia para las víctimas y sus familias.

La Comisión trabajó durante 120 días y aceleró acciones orientadas a la transparencia, accesibilidad y celeridad en la administración de casos de violación y feminicidio.

Este trabajo coordinado permitió la intervención del 100% de los juzgados penales con la fiscalización de 832 expedientes.

Se concretó la recaptura de 21 feminicidas y violadores. Además, se procesó a 15 jueces por beneficiar a los sentenciados.

Otro de los logros históricos es la emisión de la Sentencia Constitucional de Avocación 0001/2022 que establece jurisdicción protocolos y guías para la priorización en la atención de casos; acuerdos interinstitucionales para la interoperabilidad de datos; y el funcionamiento de observatorios; todo con el objetivo de realizar un control permanente.

En ese sentido, se asumió procesos de actualización y adecuación de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, del Reglamento de Ejecución de Penas Privativas de Libertad, del Decreto Supremo 26715, de las disposiciones conexas en materia de ejecución de penas y de los parámetros de la Constitución.