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  • Diario Digital | martes, 23 de abril de 2024
  • Actualizado 23:36

Se acerca fin de año y ¿tiene dudas respecto al aguinaldo? Un abogado le explica todo

El laboralista Alaín Rivera recuerda que un trabajador con contrato escrito y oral puede cobrar el aguinaldo que es un sueldo completo sin descuentos. 
Imagen referencial de trabajadores.
Imagen referencial de trabajadores.
Se acerca fin de año y ¿tiene dudas respecto al aguinaldo? Un abogado le explica todo

Se acerca fin de año y las empresas públicas y privadas deben cumplir con el pago del aguinaldo. Pero, ¿qué es un aguinaldo y en qué tipo de situaciones el trabajador puede acceder a este derecho?

Para comenzar, es necesario entender qué es el aguinaldo. Se trata de un sueldo completo sin descuentos de ningún tipo, explica el abogado laboralista Alaín Rivera. Asimismo, indica que existen dos tipos de contratos laborales: el oral y el escrito, bajo los cuales un empleador accede a este derecho. 

“Los contratos de trabajo son orales o escritos, es decir, que a falta de un contrato escrito se presupone un contrato verbal y a tiempo indefinido; entonces, todos los trabajadores deben acceder a este derecho, que es el aguinaldo, que es un sueldo completo sin descuentos”, aseveró Rivera.

Explicó que si el trabajador prestó sus servicios por un año, le corresponde el sueldo completo, sin descuento; pero si no fue así, se deben sacar las duodécimas, que consiste en dividir el sueldo completo por 12 meses y multiplicarlo por los meses efectivamente trabajados.

TIEMPO DE ANTIGÜEDAD

Rivera indica que en el caso de los obreros, el requisito es que haya trabajado al menos un mes porque a partir de ello se pueden sacar las duodécimas. Para el sector de los empleados en la parte administrativa, rigen tres meses para acceder al mismo. 

CUÁNDO COMIENZA EL PAGO

El abogado laboralista indica que las empresas comienzan con el pago en diciembre y que el Ministerio de Trabajo cada año emite un comunicado en el que da hasta el 21 de diciembre como fecha límite para cumplir con este derecho laboral, que en caso de incumplirse, debe pagarse al doble. 

Posteriormente, la parte empleadora es la que se hace cargo de este pago y de llevar una planilla de la cancelación ante la Dirección de Trabajo.

SEGUNDO AGUINALDO

Como el año pasado, esta gestión tampoco se realizará el pago del doble aguinaldo, ¿por qué? 

El pago del segundo aguinaldo se descartó este año porque el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) no estaba por encima del 4,5% como indica la ley. 

Este porcentaje se obtiene del cálculo de crecimiento entre julio de un año a junio del próximo, en este caso de julio de 2020 a junio de 2021.

De acuerdo con el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, el crecimiento entre julio de 2020 y junio de 2021 se promedió en 1.43%.