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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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Aislados por COVID-19 tienen 30 días para recabar certificado de impedimento de sufragio

Por otra parte, aquellos ciudadanos que no voten debido alguna dificultad o que no hayan llegado a su destino, también podrán recabar el certificado de impedimento con la presentación de los documentos que lo respalden.

La jornada de votación en las Elecciones Generales de octubre 2020. DICO SOLÍS
La jornada de votación en las Elecciones Generales de octubre 2020. DICO SOLÍS
Aislados por COVID-19 tienen 30 días para recabar certificado de impedimento de sufragio

Las personas enfermas por COVID-19 tienen un plazo de 30 días para obtener el certificado de impedimento en el Tribunal Electoral Departamental (TED) de cada región. El requisito es presentar su certificado médico.

Una de las facilitadoras del TED de Potosí, Beatriz Valverde, también aclaró que este beneficio alcanza a aquellos ciudadanos que tengan problemas de salud y no puedan asistir a las urnas, cuentan con un plazo de 30 días para tramitar su certificado de impedimento.

"Las personas que estén aisladas por COVID-19 pueden recabar este certificado, siempre respaldado con un certificado médico que justifique su  condición de salud, como no puede tramitarle personalmente lo puede hacer mediante otra persona”, informó a radio Fides.

Según el reporte de Epidemiologia del Ministerio de Salud, Bolivia aún cuenta con 44.777 casos activos de coronavirus. Bolivia acudirá una vez más a las urnas en medio de la pandemia para elegir a sus nueva autoridades departamentales y municipales.

Por otra parte, aquellos ciudadanos que no voten debido alguna dificultad o que no hayan llegado a su destino, también podrán recabar el certificado de impedimento con la presentación de los documentos que lo respalden.

En ese contexto, el artículo 145 de la Ley de Régimen Electoral, establece que el TED de cada región debe instalar módulos en el área urbana y rural para la entrega de los certificados de  impedimento  de sufragio.

“En áreas rurales el certificado de impedimento de sufragio será preimpreso contemplando los campos necesarios para el registro manual del nombre completo de la electora o elector, su número de documento de identidad y el lugar de emisión, así como la firma y huella dactilar de la Notaria o Notario Electoral que los expide”, señala el enunciado.

Tras el sufragio, el ciudadano recibirá el carnet de sufragio que tendrá una validez de tres meses. El documento debe ser presentado en entidades públicas y privadas para realizar cualquier trámite.