Aclaran que eliminación del delito de sedición no afecta el proceso contra Áñez

Jeanine Áñez, presa en Miraflores y en medio de una huelga pasada. RRSS
“Este aspecto no tiene ninguna relación en el caso del Golpe de Estado I", dijo el ministro Iván Lima.

El Gobierno, a través del ministro de Justicia, Iván lima, afirmó este viernes que la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) respecto a la inconstitucionalidad del delito de sedición no afectará “en nada” al proceso iniciado contra la exmandataria Jeanine Áñez por el caso del presunto golpe de Estado del 2019, en el que está acusada por los delitos de conspiración, terrorismo y sedición.

“Este aspecto no tiene ninguna relación en el caso del Golpe de Estado I. Como saben, en el caso Golpe de Estado I, hay una acusación contra Áñez, exministros de Estado, militares y policías por tres delitos (…) y al haber quedado inaplicable el delito de sedición, el proceso continuará por terrorismo y conspiración, por lo tanto, no ha cambiado ninguna condición procesal sobre la detención preventiva o sobre el proceso mismo de Áñez”, afirmó.

El Tribunal Constitucional declaró ayer inconstitucional y  expulsó del ordenamiento jurídico boliviano el delito de sedición. En consecuencia, a partir de la sentencia, ninguna persona puede ser juzgada por esa figura.

Lima, en ese sentido, destacó la decisión del TCP y recordó que la acción fue presentada por él mismo, en su condición de abogado, junto a exasambleístas del MAS, en 2020.

“Planteamos eso porque en el gobierno (de Áñez) había una persecución a los líderes sociales. Recuerden cómo el Ministerio de Gobierno, a la cabeza de Arturo Murillo, perseguía a todos por sedición, era sedicioso tener hasta un mensaje en el celular o hacer publicaciones en las redes sociales, y eso nos parecía absolutamente inconstitucional y por hicimos ese pedido al TCP”, explicó.

Entretanto, Áñez está detenida preventivamente acusada por dos procesos relacionados al presunto Golpe de Estado del 2019.

El primer proceso es por lo delitos de conspiración y terrorismo (ahora que la figura de sedición queda anulada) y la segunda por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución por acciones que tomó cuando era segunda vicepresidenta del Senado y se autoproclamó Presidenta del Estado.

La sentencia del TCP

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucional y expulsó del ordenamiento jurídico boliviano el delito de sedición. En consecuencia, a partir de la sentencia, ninguna persona puede ser juzgada por esa figura.

“Se ha precedido a declaratoria de inconstitucionalidad del delito de sedición, por tanto, a partir de la notificación de la Sentencia Constitucional, el delito de sedición queda expulsado del ordenamiento jurídico boliviano y por tanto nadie puede ser procesado o perseguido en relación a este delito”, sostuvo el presidente del TCP, Paul Franco, en conferencia de prensa.

Señaló que en la misma sentencia, se declaró la improcedencia de la acción con relación al delito de terrorismo, debido a que la demanda estaba basada en una norma ya modificada.