Corte IDH declara en desacato a Perú por liberar a Fujimori

Momento exacto en el que el expresidente Alberto Fujimori abandona el penal Barbadillo./ INFOBAE
La Corte IDH acordó disponer una “supervisión reforzada” al caso del indulto a favor de Fujimori e incluir el incumplimiento del Estado peruano en el informe anual del tribunal internacional.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró que el Estado peruano incurrió en desacato al ejecutar la sentencia del Tribunal Constitucional que restituye los efectos del fraudulento indulto a favor del exdictador Alberto Fujimori y al ordenar su excarcelación del Penal Barbadillo.

“Declarar (...) que el Estado ha incurrido en un desacato de la Resolución de adopción de medidas urgentes de no innovar emitida por la Presidencia de la Corte Interamericana el 5 de diciembre de 2023, así como también ha incurrido en un desacato de las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia de 30 de mayo de 2018 y 7 de abril de 2022, debido a que ejecutó la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022 que restituyó los efectos al indulto ‘por razones humanitarias’ otorgado el 24 de diciembre de 2017 por el Presidente de la República a Alberto Fujimori, a pesar que la Corte había dispuesto que debía ‘abstenerse de implementar[la]’ debido a que no observó los estándares de derecho internacional que debían ser tomados en cuenta al realizarse un control jurisdiccional de dicho indulto”, resolvió el tribunal supranacional.

Ante ello, la Corte IDH acordó disponer una “supervisión reforzada” al caso del indulto a favor de Fujimori e incluir el incumplimiento del Estado peruano en el informe anual del tribunal internacional, a fin de que la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) tomo conocimiento del tema y adopte las medidas correspondientes.

Además, ordena al Gobierno de la presidenta Dina Boluarte presentar un informe a más tardar el 4 de marzo de 2024 “sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso sancionar las graves violaciones a los derechos humanos determinadas en las sentencias emitidas en el caso Barrios Altos y en el caso La Cantuta”.

“El Estado deberá continuar presentando informes cada tres meses, por el tiempo que esta Corte considere necesario”, precisó la Corte IDH.