El Senado sancionó la Ley de Régimen de Congelamiento de Fondos y Otros Activos de Personas Vinculadas con Acciones de Terrorismo

Investigaciones por terrorismo invalidarán el secreto bancario



El secreto bancario no será considerado en las investigaciones sobre actividades ilícitas. La ley de congelamiento de recursos económicos de personas vinculadas al terrorismo avala esta medida.

El nuevo régimen de congelamiento de fondos y otros activos de personas vinculadas con acciones del terrorismo da esta potestad para que la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) realice sus indagaciones.

“Los fondos y otros activos permanecerán congelados por mandato de esta Ley, en tanto no se produzca la exclusión de las listas públicas del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o hasta tanto se produzca la decisión judicial de no aplicación del congelamiento preventivo por no encontrarse el afectado en las listas públicas respectivas”, indica la Ley.

La presidenta de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara Alta, Sandra Soriano, explicó que esta medida sólo se aplicará a las personas que estén vinculadas a este hecho ilícito y no así para aquellas que no tengan nexo alguno.

“En este tipo de investigaciones ya no podemos hablar de que hay secreto bancario”, dijo Soriano al referirse al terrorismo como una actividad cuestionada por las normas nacionales.

PROCEDIMIENTOS La norma determina dos modos de acción en los procedimientos de congelamiento de recursos financieros de las personas vinculadas naturales o jurídicas consignadas en las listas del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o en los requerimientos de países en el marco de la cooperación internacional.

El congelamiento de los recursos financieros de las personas vinculadas al terrorismo no viabiliza la expropiación de los activos, sino una paralización de su transacción hasta que no se obtenga una orden judicial que determine lo contrario.

PETICIÓN DE LA ONU Bolivia puede congelar los activos de personas involucradas en terrorismo cuando el Consejo de Seguridad de la ONU mande sus listas de personas involucradas en este tipo de hechos.

En un plazo de 48 horas, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Bolivia debe remitir los casos a la UIF para que en 24 horas esta instancia comience las investigaciones identificando a la unidad financiera donde se procederá con el congelamiento de las cuentas sin necesidad de notificación previa. Posteriormente, la comunicación de los hechos al sistema financiero y registros públicos. Paralelamente, se remitirá el caso a un juez cautelar de turno para que pueda ratificar el congelamiento.