10 negocios clausurados de forma definitiva en 2013
10 de enero de 2014 (20:10 h.)
Durante la gestión 2013, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) realizó 37 mil operativos en todo el país, que derivaron en la clausura definitiva de 10 negocios (0,02 por ciento ) por no emitir factura, informó la viceministra de Política Tributaria, Susana Ríos.
"En la gestión 2013 se han hecho como 37 mil operativos, de los cuales prácticamente el 50 por ciento ha derivado en una sanción; estamos hablando de un número bastante elevado. Sin embargo (…), de todas las sanciones que se hubiesen aplicado, apenas 10 han derivado en una clausura definitiva", mencionó Ríos.
La Ley del Presupuesto General del estado (PGE) 2013, promulgada por el Gobierno, modificó el artículo 170 del Código Tributario que establece nuevos plazos para la clausura y la clausura definitiva. Cuando los funcionarios del fisco comprueben que el propietario de un negocio no emitió una factura por un bien o un servicio procederán a la clausura por seis días continuos si es por primera vez. Si es por segunda ocasión, la clausura será por 12 días y por tercera vez será por 24 días. La cuarta vez se clausurará por 48 días y, en caso de reincidencia después de la máxima sanción aplicada, se procederá a la clausura definitiva del negocio.
"En la gestión 2013 se han hecho como 37 mil operativos, de los cuales prácticamente el 50 por ciento ha derivado en una sanción; estamos hablando de un número bastante elevado. Sin embargo (…), de todas las sanciones que se hubiesen aplicado, apenas 10 han derivado en una clausura definitiva", mencionó Ríos.
La Ley del Presupuesto General del estado (PGE) 2013, promulgada por el Gobierno, modificó el artículo 170 del Código Tributario que establece nuevos plazos para la clausura y la clausura definitiva. Cuando los funcionarios del fisco comprueben que el propietario de un negocio no emitió una factura por un bien o un servicio procederán a la clausura por seis días continuos si es por primera vez. Si es por segunda ocasión, la clausura será por 12 días y por tercera vez será por 24 días. La cuarta vez se clausurará por 48 días y, en caso de reincidencia después de la máxima sanción aplicada, se procederá a la clausura definitiva del negocio.