Conozca 14 claves para festejar Año Nuevo y cuidarse de COVID
La Alcaldía de Cochabamba activa protocolos para las fiestas de Año Nuevo, tomando en cuenta que los festejos no están restringidos pero que, al mismo tiempo, se mantiene la emergencia sanitaria por el coronavirus, COVID-19.
La concejala de Fuerza Republicana Democrática Nacional (Súmate) Daniela Cabrera y el secretario municipal de Salud, Aníbal Cruz, detallaron aspectos de la normativa y disposiciones vigentes.
A continuación, se exponen 14 puntos en torno a las fiestas y el coronavirus que la población debe considerar.
1 La ley municipal excepcional dispone un horario especial para los locales de expendio y consumo de bebidas alcohólicas hasta las cinco de la mañana del 1 de enero de 2023, “obviamente, cumpliendo un protocolo de medidas de bioseguridad”.
2 Las personas deben contar con el carnet de vacunación anticovid, mínimamente, hasta la segunda dosis. El documento puede ser digital o físico. En su defecto, deben contar la prueba de PCR con 48 horas de anticipación al 31 de diciembre.
3 Quienes asistan a locales no deben ser sospechosas o tener algún síntoma de COVID-19, como fiebre, rinorrea, tos, ardor de garganta o malestar general.
4 Las personas con enfermedades de base y los menores de edad no podrán asistir estás fiestas.
5 El uso de barbijo es obligatorio en espacio cerrado y opcional en espacios abiertos.
6 Los salones de eventos, hoteles, discotecas, restaurantes y otros espacios de expendio de bebidas alcohólicas donde se organicen celebraciones por Año Nuevo deberán contar de manera obligatoria con un sistema de ventilación que sea natural, por extracción o mecánico.
7 Por otro lado, los locales deberán delegar a un responsable de bioseguridad para que esa persona se haga cargo del control del cumplimiento de las medidas de bioseguridad, además de la limpieza de los sanitarios.
8 Los organizadores de estos eventos masivos deben desinfectar sus instalaciones con productos de “alto valor antiviral y antibacterial”. Además, los sanitarios deben contar con alcohol en gel, agua y jabón para la desinfección “permanente” de manos.
9 El incumplimiento de las determinaciones en torno al protocolo de bioseguridad serán pasibles acciones jurídicas por atentado contra la salud pública, que está estipulado en el Código Penal Boliviano.
10 La Ley 259 hace también referencia a las sanciones. En caso de que algún local atienda pasadas las cinco de la mañana del 1 de enero, la multa es de 2 mil UFV (unidades de fomento a la vivienda), un equivalente a 4.800 bolivianos.
11 Los locales que atendieran a personas menores de 18 años, son pasibles a multas de 10 mil UFV
12 Si se identifica a personas consumiendo bebidas alcohólicas con menores de 18 años, serán sancionadas con 500 UFV, 1.200 bolivianos, o trabajos comunitarios.
13 Los conductores en estado de ebriedad pueden ser sancionados con 10 mil UFV (24 mil bolivianos), 15 mil UFV (36 mil) o la inhabilitación de su licencia de conducir, de acuerdo con la normativa vigente.
14 La Alcaldía desplegará brigadas médicas que acompañarán Desarrollo Humano, Seguridad Ciudadana e Intendencia, para realizar los controles pertinentes. Se prevé que, en caso de identificar a personas con sintomatología, las brigadas médicas realizaran pruebas anticovid rápidas.