Conoce 20 funciones de autoridades de las 4 instancias sujetas a voto
Las Elecciones Judiciales 2024 están previstas para realizarse el domingo 15 de diciembre. Los ciudadanos en el país podrán elegir a autoridades del Tribunal Agroambiental (TA), del Consejo de la Magistratura (CM), del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Sin embargo, dependiendo del departamento, los ciudadanos podrán votar para elegir a autoridades de las cuatro instancias o solo de algunas, ya que se trata de elecciones “parciales”. En Cochabamba, como ejemplo, no habrá voto para el TCP.
A continuación, se exponen 20 funciones de las autoridades que serán elegidas.
TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
De acuerdo con el Artículo 131 de la Ley 025, el Tribunal Agroambiental es el máximo tribunal especializado de la jurisdicción agroambiental, e imparte justicia en materia agraria, pecuaria, forestal, ambiental, de aguas y biodiversidad, que no sean de competencia de autoridades administrativas.
La jurisdicción agroambiental se ejerce a través del TA y los juzgados agroambientales.
Las atribuciones del Tribunal Agroambiental son:
1 El TA está facultado para anular sentencias judiciales que incumplan procedimientos o que contengan una incorrecta interpretación o aplicación de la ley.
2 Resuelve recursos de casación y de nulidad en materia agraria, forestal, ambiental, de aguas, de derechos de uso y aprovechamiento de recursos naturales renovables, hídricos, forestales y de la biodiversidad.
3 Atiende demandas por actos que atenten contra la fauna, la flora, el agua y el medio ambiente, y demandas por prácticas que pongan en peligro el sistema ecológico y la conservación de especies. Establece responsabilidades ambientales y medidas para la reparación, rehabilitación o restauración por el daño causado.
4 Conoce y resuelve demandas de nulidad y anulabilidad de títulos ejecutoriales.
5 Conoce y resuelve procesos contenciosos administrativos que resulten de contratos, negociaciones, autorizaciones, otorgación, distribución y redistribución de derechos de aprovechamiento de recursos naturales.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Según explica el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), el Consejo de la Magistratura es la instancia responsable del régimen disciplinario de las jurisdicciones ordinaria y agroambiental, y además se encarga del control y fiscalización económica de todos los bienes del Órgano Judicial, bajo el principio de participación ciudadana.
Las atribuciones del CM incluyen:
6 El Consejo de la Magistratura desarrolla políticas de gestión judicial, administrativa, de información, participación ciudadana y control social, y realiza estudios técnicos y estadísticos relacionados con las actividades del Órgano Judicial.
7 Ejerce el control disciplinario de vocales, juezas y jueces y personal auxiliar y administrativo.
8 Promueve la revocatoria de mandato de magistradas y magistrados del TSJ y del TA que comentan faltas gravísimas en el ejercicio de sus funciones.
9 Preselecciona a candidatas/os para la conformación de tribunales departamentales de justicia, y designa a jueces de partido y de instrucción mediante concurso de méritos y exámenes de competencia.
10 Administra la Dirección de Derechos Reales.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
El Tribunal Supremo de Justicia es la máxima instancia de la jurisdicción ordinaria, cuya función es impartir justicia en materia civil, comercial, familiar, niñez y adolescencia, tributaria, administrativa, trabajo y seguridad social, anticorrupción, penal y otras que expone la Ley 025 en el Artículo 29.
La jurisdicción ordinaria se ejerce a través del TSJ, los tribunales departamentales de justicia, tribunales de segunda instancia, los tribunales de sentencia y jueces con jurisdicción, donde ejercen competencia en razón de territorio, naturaleza o materia.
Entre sus competencias están:
11 Actúa como tribunal de casación, es decir, tiene facultades para anular sentencias judiciales con errores de interpretación de la ley o con defectos procedimentales.
12 Conoce procesos de extradición, casos de revisión extraordinaria de sentencia y recursos de nulidad.
13 Tiene potestad para invalidar sentencias que hubieren infringido derechos o garantías aseguradas por la Constitución Política del Estado (CPE) o tratados internacionales.
14 Designa a los vocales de los tribunales departamentales de justicia (TDJ) y dirime conflictos de competencias.
15 Juzga como tribunal colegiado al Presidente y al Vicepresidente del Estado por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Los ciudadanos en Cochabamba no emitirán voto para elegir a las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional. Sin embargo, en otros departamentos, sí lo harán.
El Tribunal Constitucional Plurinacional es el garante, contralor e intérprete de la Constitución, y sus decisiones y sentencias son vinculantes, obligatorias y no admiten recurso ulterior.
Ejerce el control de constitucionalidad de leyes nacionales, departamentales, municipales y estatutos autonómicos, y precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales de las personas.
Las atribuciones del TCP son:
16 Conoce y resuelve en única instancia la constitucionalidad del procedimiento de reforma parcial de la CPE y la ratificación de tratados internacionales.
17 Revisa acciones de Libertad, de Amparo Constitucional, de Protección de Privacidad, Popular y de Cumplimiento, y resoluciones del Órgano Legislativo que vulneren uno o más derechos.
18 Atiende asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y resoluciones no judiciales.
19 Trata recursos directos de nulidad de tributos, impuestos, tasas, patentes, derechos o contribuciones creados, modificados o suprimidos.
20 Atiende conflictos de competencias entre el gobierno plurinacional, las entidades territoriales autónomas y descentralizadas, y entre éstas; y controversias entre la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria y agroambiental.