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  • Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Condenan a dos docentes a 5 años de cárcel y los inhabilitan para dar clases

Marcelo Mendoza Araoz y Hernán Dorado Delgadillo, ambos catedráticos de la Facultad de Economía de la Universidad Mayor de San Simón, ganaban un sueldo mayor al Presidente de Bolivia. 
Universidad Mayor de San Simón. DICO SOLÍS
Universidad Mayor de San Simón. DICO SOLÍS
Condenan a dos docentes a 5 años de cárcel y los inhabilitan para dar clases

Después de dos años, el Tribunal de Sentencia Penal Nº 4 condenó a 5 años de cárcel e inhabilitó de ejercer la docencia y trabajar en el Seguro Social Universitario (SSU) a dos docentes de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS). 

Se trata de Marcelo Mendoza Araoz y Hernán Dorado Delgadillo, acusados de los delitos de incumplimiento de deberes y enriquecimiento ilícito sancionados por la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz. Ambos ganaban más que el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia. 

De acuerdo al documento acusatorio, Mendoza como catedrático de la Facultad de Economía en la UMSS tenía un sueldo de 16.608,91 bolivianos y cuando fue jefe de Recursos Humanos del SSU su remuneración por este trabajo era de 16.922,80 bolivianos. Sumados hacen un total de 33.530 bolivianos al mes. 

En el caso de Dorado, cobraba como gerente general del SSU la suma de 17.000 bolivianos y en la Facultad de Economía su sueldo era de 13.000 bolivianos. Al mes, percibía 30 mil bolivianos. 

Tanto Mendoza como Dorado impartían clases en la UMSS en su horario laboral como trabajadores del SSU. Esto ocurrió durante la gestión del ex rector, Juan Ríos del Prado. 

“Este es un precedente para evitar que eventualmente funcionarios ganen más que el Presidente y que perciban doble sueldo, lo cual está prohibido. Además de que se establece que no pueden trabajar en una institución pública y dentro de ese horario dictar sus clases”, explicó el abogado, Henry Pinto. 

Aclaró que la denuncia fue hecha por la Federación Nacional de Trabajadores de Seguros Sociales Universitarios de Bolivia y que los acusados tienen 15 días para apelar una vez notificados.  

Entre tanto, otra de las determinaciones del Tribunal es que  el rector de la UMSS, Julio Medina, y al Gerente General del SSU identifiquen a los funcionarios que trabajan en ambas instituciones con un sueldo mayor al del Presidente. Una vez notificados con esta decisión, tienen 15 días para emitir un informe e iniciar los procesos penales correspondientes. 

Por otro lado, también pidió la notificación al Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción para establecer si existen más trabajadores de otras entidades descentralizadas que ejercen la docencia y que ganan más que el Presidente.

LEY

El artículo 3 de la Ley Financial del 2007 que aprobó el Presupuesto General de la Nación en su artículo 2 establece: “Ningún servidor público comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley No. 1178 de Administración y Control Gubernamental, podrá tener una remuneración mensual percibida, superior o igual a la establecida para el Presidente de la República”. Entre tanto, el Decreto Supremo Nº 2242 prohíbe la doble percepción de remuneraciones por concepto de ingresos como servidor público.