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  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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Argumentar es vital para hablar

Argumentar es vital para hablar

La argumentación, independiente de su utilización en los contenciosos jurídicos, tiene importancia entre los  hablantes de un idioma, pues posee fines que se tratarán de analizar en esta columna.

¿Cuál será la finalidad de toda argumentación? La argumentación tiene la finalidad (teleología) de obtener  que lo que se propone o la propuesta que se hace sea admitida por quién escucha, el interlocutor o el juez en los tribunales. Está dirigida puntualmente a convencer a los demás de lo que se dice; noten las lectoras y lectores que se usa el vocablo convencer que asume un grado de intensidad superior que persuadir, y si fuese el caso, lograr que los convencidos obren conforme a la propuesta.

¿Cuál la eficiencia de la argumentación? La eficiencia de la argumentación estriba en añadir con convicción en la propuesta esgrimida una fuerza a las razones, de tal forma que conduzca a los interlocutores, escuchas u operadores de justicia a los cuales se dirige la argumentación hacia la acción u omisión que se busca; estas serían el éxito o el fracaso del que argumenta y también aleatorio a su prestigio. En esta fase puede ocurrir que nadie resulte convencido o que se convenza solo a una parte o, mejor, se persuada a todos.

¿Suple la argumentación la falta de pruebas? La argumentación es inequívocamente importante en cuanto permite suplir la falta de pruebas fehacientes o preconstituidas en relación a la verdad o falsedad  de la tesis  o propuesta objeto de la argumentación.

Constituye también una parte de la necesidad social de comunicación al servicio de la actividad cognoscitiva y práctica, pues la argumentación asume el objeto de la acción ya sea una propuesta, un hecho, acto y hasta un fenómeno, que sea susceptible a generar puntos de vista claros en pro y en contra.

Así, desde el punto de vista de la veracidad en sus diferentes grados, es objeto de la argumentación todo aquello considerado verosímil o inverosímil, posible o imposible, válido o inválido, admisible o inadmisible, todo este esfuerzo puede resumirse en  la proximidad por cercanía. ¿Cuál es la diferencia entre  la demostración y la argumentación? Naturalmente debe señalarse un límite  entre estos importantísimos conceptos en sus semejanzas y diferencias: la demostración debe ser en todos los casos, sin excepción muy rigurosa y abrigar como única finalidad, descubrir la veracidad  o validez de la propuesta o tesis sin importar quién o quiénes puedan quedar o no convencidos de ella.

La argumentación, por lo contrario, se diferencia de la demostración por la finalidad exclusiva de convencer que es su impronta o característica con la que se formula. Tanto la demostración como la argumentación sólo toman vida mediante razonamientos de las inferencias. La demostración se inclina a  conocer la verdad  o validez  de la propuesta o tesis, mientras que la argumentación  sólo incide sobre la posibilidad  o probabilidad  de la propuesta o tesis  con la finalidad de convencer.

En innumerables veces, la demostración requiere de la argumentación para extender la convicción sobre la verdad o validez lograda; la argumentación puede apoyarse en una demostración habida y, cuando consigue su objetivo de convencer obtiene, a su vez,  eficacia análoga  a la demostración.

Para cerrar este interesante tema, no sólo para juristas sino para la población se necesita saber que si la argumentación es susceptible a un recurso, como el de revisión; cuando se susciten errores de argumentación, generalmente por contener falacias, de las cuales muchos abogados no pueden desembarazarse aun a sabiendas que ponen en riesgo su prestigio, estos errores se denominan errores in cogitando o del pensamiento.

Cuando se presente este último punto, la figura de casación es posible.

FORO

Raúl Pino Ichazo T.

Abogado, posgrados en Derecho Aeronáutico, Arbitraje y Conciliación; Filosofía y Política

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