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  • Diario Digital | jueves, 25 de abril de 2024
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Violencia de género: enemigo invisible

Violencia de género: enemigo invisible

En el marco de la atención integral a las mujeres, el Ministerio Público tiene el fin de eliminar sustancial y paulatinamente cualquier vestigio de violencia o de discriminación por razón de género. Todo este cometido tiene su fundamento en la Constitución Política del Estado, que establece la equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres; el reconocimiento de todo ser humano para ejercer sus derechos; también determina sanciones sobre discriminación y violencia en razón de género que atente contra la vida y la integridad física, psicológica, moral y sexual de las mujeres.
La Ley 348 (Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia) contempla el derecho de las mujeres a vivir libres de maltrato en la familia y en la sociedad e incluye el compromiso del Estado de adoptar todas las medidas necesarias para castigar la violencia de género.
Como reconocimiento de la responsabilidad del Estado en la protección de toda la sociedad, el Ministerio Público trabaja en estricto apego a la normativa, también formula nuevas propuestas que pretenden vigorizar los mecanismos institucionales y legales para esta misión.
Sin duda, que luchar contra la violencia de género es enfrentarse contra un enemigo invisible, pero existente, en un contexto en el que la cultura y el ideario nacional, lamentablemente continúa con estereotipos enraizados que sitúan erróneamente a la mujer en segundo plano, lo que fomenta la violencia de género.
Sobre esta situación, es preciso emprender como piedra angular para las políticas públicas, el endurecimiento de sanciones en contra de todos los que transgredan la norma y desaten violencia familiar o societal, a la par que simultáneamente se trabaje con mayor detalle en la prevención y atención a la violencia machista.
En los últimos días, desde otras instancias del Estado, se ha formulado la necesidad de que la sociedad civil y sus instituciones realicen propuestas e iniciativas para reformar la Ley 348, una Ley que data de 2013 y que significó un gran avance social, pero, a pesar de su trascendencia legal, debe ser perfeccionada a fin de enfrentar eficazmente el flagelo de la violencia.
Bajo este contexto y ante el imperativo de cambios a la348,  el Ministerio Público propone un mayor grado punitivo y correctivo con el ajuste de tipos penales en esta norma; evitar la retardación en atención y procedimientos, a la par que establecemos la necesidad de profundizar la  capacitación en problemática de género dirigida a fiscales y a nuestros funcionarios, esto con el objetivo de evitar la revictimización hacia las mujeres que solicitan ayuda.  A esto se debe sumar, la recomendación de reformas en los mecanismos de protección y atención de las víctimas de violencia a nivel interinstitucional.
El Ministerio Público, además de las atribuciones que determina la Ley 260 (Ley Orgánica del Ministerio Público), bajo el mandato de la Ley 348 seguirá ejerciendo de forma idónea la acción penal pública en casos de violencia hacia las mujeres, con la adopción de todas las medidas de protección que sean necesarias, para garantizar a la mujer víctima de violencia, la máxima protección, seguridad que se extiende a sus hijas e hijos.

FORO

MARCO ANTONIO COSSÍO V.

Abogado
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