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  • Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
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Respuestas necesarias en un Estado Democrático

Respuestas necesarias en un Estado Democrático

En días pasados, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia, a propósito de la detención y persecución de líderes cívicos de Potosí ha planteado una serie de preguntas a las autoridades del Sistema de Justicia boliviano. Cuestionamientos que son los mismos que se hace cualquier ciudadano/a con un mínimo de consciencia sobre los derechos que nos asisten a todos los seres humanos, en Bolivia o cualquier lugar del mundo. 

Las preguntas se refieren a los traslados arbitrarios de Marco Pumari desde el lugar donde fue aprehendido (la ciudad de Potosí) por diferentes asientos judiciales hasta llegar a Llallagua donde, mucho después de lo establecido por ley, se realizó la audiencia cautelar en la que se decidió su detención preventiva por seis meses en la cárcel de Uncía, distante en muchos kilómetros de su hogar, su familia, sus abogados de confianza y las pruebas para su defensa. 

Resultan lógicas las preguntas de la APDHB cuando señala ¿Fue acaso porque los jueces de aquellos asientos judiciales por los que transitó no eran de total confianza de los denunciantes?, ¿está legalmente permitido que se habilite la competencia de un juez a elección del denunciante?, ¿era el objeto conseguir un Juez especial, figura que está absolutamente prohibida por ser contraria a los DD.HH?. 

Desde luego que el aislamiento al que se tiene sometido al imputado Marco Pumari, de su domicilio habitual, resulta claramente atentatorio a un derecho básico como es el Derecho a la Defensa que tiene toda persona procesada en sede judicial o administrativa. Aislar a un procesado es negarle toda posibilidad de aportar prueba, ser defendido por profesionales de su confianza y apoyado por su familia; mucho más si la incomunicación se halla prohibida por leyes nacionales y tratados internacionales, pero, como vemos en la realidad el alejamiento arbitrario de una persona detenida fuera de su residencia habitual es someterla a incomunicación de facto, una práctica que desde hace más de 15 años se viene normalizando en Bolivia, del mismo modo  que se normaliza la detención preventiva que dejó de ser una excepción para ser una regla contra perseguidos/as políticos, personas con escasos recursos o procesados sin influencia en esferas del poder. 

De igual manera, la tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, sean físicos psicológicos o morales que se hallan prohibidos por la normativa nacional e internacional, en los hechos se practica directamente por agentes del Estado o ajenos al aparato oficial, pero con la venia de las autoridades.

Esperemos que por un mínimo de aprecio a su honorabilidad, las autoridades aludidas en la nota de la APDHB respondan a las preguntas.

DE FRENTE

JULIETA MONTAÑO S.

Abogada, feminista, defensora de DDHH

julietamontañ[email protected]