Opinión Bolivia

  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
  • Actualizado 06:46

¿Abuso o desinformación crediticia?

¿Abuso o desinformación crediticia?

En los últimos días, algunos diputados del MAS y dirigentes  del transporte han expresado, públicamente a los medios, de que los bancos estarían cobrando interés sobre interés, lo que equivaldría según el ordenamiento jurídico a practicar el anatocismo, que está tipificado como delito en materia penal, y que se estaría cometiendo un “abuso en contra de los afiliados transportistas”.
Esta situación se ha presentado por el diferimiento de los créditos a los clientes crediticios de los bancos por la aplicación de la “Ley Excepcional de Diferimiento de Pagos de Créditos”, promulgado por el actual gobierno por efecto de la pandemia, que obliga a la banca el diferimiento automático de las cuotas correspondientes al pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses y otros gravámenes y, es muy explícita, en el  artículo 3 inciso II donde señala que: “La aplicación de cualquiera de las opciones de regularización, no implicará el incremento de la tasa de interés ni la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora. Se prohíbe el anatocismo”.
La ley y la normativa son muy claras, difícilmente los bancos y demás entidades financieras se atreverían a ir contra el ordenamiento jurídico practicando el anatocismo, más aún tomando en cuenta que todas están debida y estrictamente supervisadas por instituciones como la ASFI.
Parecería que todo se trata de la desinformación y  la poca educación financiera de algunas autoridades y de dirigentes que solo buscan réditos políticos, incluso, a costa de la estabilidad financiera del país.
Haciendo un análisis técnico del problema, no existe el anatocismo en lo que está pasando. En efecto, cuando se deja de amortizar el capital de un crédito, por efecto de un diferimiento, por supuesto que los interés se incrementan con relación a los intereses del plan de pagos original, en el cual  se contemplaba que el capital iba disminuyendo. El resultado de esta situación no es porque se haya aplicado intereses sobre los intereses, sino porque se ha cobrado el interés inicialmente pactado por el capital que se ha mantenido intacto por efecto del diferimiento. Por ejemplo, si un cliente debe 100 bolivianos a un año con tasa del 12%,  al final del año deberá pagar 12 bolivianos de intereses más el capital de 100 bolivianos, lo que significa un total de 112 bolivianos. Pero si el banco le difiere a otro año más sin pago a capital, entonces al final de los dos años el cliente pagará el capital de 100 bolivianos más 12 de interés por el primer año y más 12 bolivianos por el interés del segundo año, es decir 24 bolivianos de intereses y en total 124. Al final del segundo año, sin que se esté aplicando intereses sobre el intereses, sino intereses sobre el capital originalmente  prestado de 100 bolivianos que tuvo que ser  diferido  por un año más. Esto está basado, en un principio básico  financiero sobre  el valor que tiene el dinero en el tiempo.
Ya dijimos antes que los bancos cumplen un rol fundamental para la evolución general y estabilidad del país. Una  de sus funciones principales es conceder préstamos  cobrando un interés por el capital prestado. Así los bancos generan ingresos que les permiten  mantener sus operaciones, su solvencia y devolver el capital a los ahorristas. Por lo tanto, el que los prestatarios dejen de pagar estos intereses por el capital diferido será muy delicado para esta estabilidad en un momento de crisis sanitaria, política y económica.
Es imperativo que las autoridades y las entidades financieras en su conjunto tomen medidas urgentes para evitar este desastre, haciendo una campaña de información y sensibilización.


JORGE VELASCO T.
Ingeniero industrial, magíster en Innovación y Desarrollo Emprendedor, y docente
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