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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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Seguro social al trabajo del hogar

Seguro social al trabajo del hogar

Luego de más de 18 años de lucha, las trabajadoras del hogar logran la promulgación del Decreto Supremo Nº 4589 el 28 de septiembre de 2021, referido a la afiliación de las trabajadoras o trabajadores asalariados del hogar al ente asegurador a corto plazo, la Caja Nacional de Salud; Reglamentando, finalmente, por la Ley N° 2450 de 9 de abril de 2003.

La afiliación es obligatoria y se aplica a toda persona natural empleadora o empleador en el territorio boliviano, que tenga bajo su dependencia a una trabajadora o trabajador asalariado del hogar que perciba un salario mayor o igual al salario mínimo nacional, para tal efecto debe presentar un documento que tendrá calidad de declaración jurada que respalde el vínculo laboral existente; así como cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente de la Caja Nacional de Salud.

El plazo establecido por la norma para la afiliación es de cinco (5) días computables a partir de la vigencia de la norma, siempre y cuando la trabajadora o trabajador asalariado del hogar venga desarrollando sus actividades por un periodo igual o mayor a tres (3) meses; estando obligado el empleador de comunicar a la Caja Nacional de Salud, mediante el "aviso de novedades del empleador", las bajas temporal o definitiva; así como cuando se dé el cambio de domicilio de la empleadora o empleador, variaciones que deben ser informadas.

Ante el fallecimiento, divorcio y otros cambios que determinen o modifiquen la relación de dependencia o convivencia de sus beneficiarios, deberán ser notificados a la Caja Nacional de

Salud por la trabajadora o trabajador asalariado del hogar, mediante "aviso de altas y bajas de beneficiarios". Para la atención de las prestaciones en enfermedad y maternidad por parte de la Caja Nacional de Salud, las trabajadoras o trabajadores asalariados del hogar deberán presentar el comprobante de pago mensual de aportes "Formulario RCI-1A", que debe ser proporcionado de manera obligatoria por la empleadora o empleador, acompañando el comprobante de pago mensual de aportes. Finalmente, cuando se dé por concluida la relación laboral de la trabajadora o trabajador asalariado del hogar, conservará junto con sus beneficiarios el derecho a las prestaciones en especie, durante los dos (2) meses siguientes a la fecha de la desvinculación.

Abg. Frank I. Taquichiri Y.
Docente Universitario Post Grado
[email protected]

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