Opinión Bolivia

  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
  • Actualizado 00:24

Secreto de fuente y libertad de expresión

Secreto de fuente y libertad de expresión

El procurador General del Estado, Wilfredo Chávez, arremetió contra el secreto de fuente informativa y pidió que se deje sin efecto este principio del periodismo en el caso específico de la difusión de un informe de la comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre ejecuciones extrajudiciales en el hotel Las América, en abril de 2009.

El pedido del procurador General del Estado provocó un rechazo generalizado de parte de las organizaciones periodísticas en el ámbito nacional, toda vez que consideran que se trata de un atentado contra este gremio y un amedrentamiento a la labor de los periodistas.

La Asociación Nacional de la Prensa, que aglutina a los principales diarios del país, rechazó la cuarta petición conocida en 2022, de levantar el secreto de fuente, con el argumento de que el periodismo orienta su actividad con el único interés de buscar la verdad para preservar el derecho ciudadano de acceso a la información.

Si se deja de lado la protección a la fuente, lo más probable es que muchas personas que denuncian, con pruebas incluidas, la comisión de irregularidades o delitos, pensarán dos veces antes de cooperar otra vez, porque si no se garantiza el secreto de fuente, la parte afectada por una denuncia puede iniciar represalias contra el testigo.

Varios casos de corrupción e irregularidades se han logrado destapar en forma pública gracias a que las personas que denuncian saben que podrán mantenerse en el anonimato, a salvo de cualquier represalia física o judicial.

Si se da lugar a un pedido de levantar el secreto de la fuente, otras personas, especialmente autoridades que se sientan agraviadas, podrían recurrir a este mecanismo para amedrentar a quienes les denuncian.

Cuando una persona considera que un informe o una noticia no tiene asidero, tiene la opción de demostrar en las instancias que corresponden que se trata de una difamación, sin necesidad de recurrir al expediente de levantar el secreto de fuente, que transgrede las normas bolivianas.

El secreto de fuente está protegido por la Ley de Imprenta, la Constitución Política del Estado y convenciones internacionales que versan sobre la libertad de expresión, de opinión y de información, además del derecho a la rectificación y a la réplica.

Por lo tanto, se debe puntualizar que las personas que se sientan agraviadas por alguna información que consideran tergiversada pueden recurrir al derecho de pedir la réplica o la rectificación, cuando corresponda.

Pedir que se levante el secreto de fuente no corresponde, porque este es un derecho consagrado en las normas de varios países y no se puede retroceder, porque sería un mal antecedente para la libertad de expresión.