Opinión Bolivia

  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 18:23

Megas: consentimiento informado

Megas: consentimiento informado

Cuando a un usuario de telefonía móvil se le terminaban sus megas, el sistema de las operadoras de este servicio iniciaba el consumo del crédito existente, sin que la persona se diera por enterada, sino solo cuando ya no tenía saldo.

Esta situación, que causaba molestia en más de un usuario de telefonía móvil, ya no podrá repetirse, toda vez que un decreto supremo prohíbe que las empresas operadoras dispongan en forma automática del crédito del usuario, a no ser que este acepte explícitamente consumir su saldo mediante algún paquete que se le ofrezca.

Las empresas que operan en el país tienen ahora la obligación, señalado expresamente en el Decreto Supremo 4669, de advertir al usuario de que sus megas están a punto de terminarse, cuando le quedan, primero 150 megas, y luego 50, para que el cliente decida si quiere gastar su crédito en navegación de internet con alguno de los paquetes que se le ofrezca o simplemente no lo quiere hacer.

Es más, si el usuario no responde a las solicitudes de las empresas telefónicas cuando se acaben sus megas, el sistema deberá cancelar la navegación en internet hasta que el cliente decida por algún paquete o compre megas.

En suma, el usuario deberá tomar una decisión en base a información veraz, oportuna y clara, de modo que después no tenga reclamos por su crédito, ya que las sanciones que ha fijado la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) contra las empresas por incumplimiento al decreto supremo son elevadas.

Extrapolando el ejemplo de las telefónicas a otros rubros, los usuarios tienen el derecho de estar plenamente informados sobre las condiciones en las que se les presta un determinado servicio para asumir una decisión de la cual después no se arrepientan.

Eso, por ejemplo, debe suceder en las entidades financieras cuando el cliente obtiene una tarjeta de débito. A esta persona se le tendrá que informar si tiene un costo de mantenimiento, si goza de algún seguro contra robos, porque si bien el monto que se cobra por estos servicios no es elevado, el usuario tiene que saber del mismo.

Asimismo, las empresas que prestan servicios básicos deberán advertir a los clientes que, si no cancelan una o dos facturas, dependiendo de su política interna, podrán sufrir el corte del servicio y para la reconexión deberán pagar una multa, pero no siempre se informa correctamente, al menos no en forma explícita.

Informar al usuario de manera clara, precisa y oportuna sobre sus obligaciones evitaría reclamos de quienes se sienten afectados por algún tema económico cuando sufren algún descuento o les cobran alguna multa por morosidad. Así nadie podrá alegar desconocimiento y se evitarán malos momentos.

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