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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 09:52

¿Se debe juzgar a un menor como un adulto?

¿Se debe juzgar a un menor como un adulto?

El adolescente de 17 años que asesinó a Noemí, de 15, obligándole a ingerir raticida, podrá salir en libertad del Centro de Reintegración Social Cometa cuando tenga 23. El feminicida confeso se benefició con una condena mínima de reclusión por ser menor de edad y estar amparado por el Código Niño, Niña y Adolescente.

Este hecho, sumado a otros que se registraron en el pasado, abre nuevamente un debate en torno a las penas de cárcel que se dictaminan contra menores de edad que cometen asesinatos o feminicidios, que en el caso de las personas mayores de edad es de 30 años sin derecho a indulto.

Quienes consideran que estas penas son “irrisorias” argumentan que las personas que cometieron estos crímenes tan abyectos se constituyen en un peligro para la sociedad, porque al salir de los centros de rehabilitación (entre 21 y 24 años) pueden volver a cometer asesinatos a sangre fría.

Para ello proponen una urgente modificación de las normas vigentes con el fin de evitar la impunidad y reincidencia, para que los adolescentes, a partir de 15 años, puedan ser juzgados como adultos en casos de violaciones, asesinatos y feminicidios.

En la otra orilla están quienes señalan que estos adolescentes merecen una oportunidad para redimirse y, por lo tanto, no deberían ser condenados con las penas máximas que establece el Código Penal.

Y si bien la ley es clara cuando se trata de juzgar a una persona que no ha llegado a la mayoría de edad, es tarea de los administradores de justicia analizar todas las pruebas y evaluar en cada caso las circunstancias puntuales en las que se  perpetró el crimen.

Empero, determinar si un menor debe o no ser juzgado como un adulto, en lo que se refiere a las penas de cárcel, merece un urgente y exhaustivo análisis en el que se evalúen todos los pros y los contras, además de asumir medidas reales de rehabilitación en los centros donde son encerrados los menores de edad. Este análisis se ha iniciado ya en otros países de la región.

Y sería también importante que un equipo multidisciplinario de profesionales evalúe si el menor que está a punto de ser liberado está listo para reintegrarse a la sociedad o debe aún permanecer tras las rejas.

Un mal ejemplo de lo que no debe permitirse es el caso del feminicida de Mayerli Sandy, en La Paz,  quien estuvo antes recluido, cuando era menor de edad, por haber violado y asesinado a una niña en los Yungas.

Con el fin de evitar que ocurran más crímenes reincidentes y a sangre fría por parte de menores de edad, las instancias encargadas de administrar la justicia tendrán que evaluar la pertinencia de modificar las normas para no seguir lamentando el asesinato de niños y mujeres.

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