Opinión Bolivia

  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
  • Actualizado 22:07

¿Colonialismo?

¿Colonialismo?

Las conclusiones a las que arribaron organismos internacionales, cancillerías y ministerios de Estados democráticos, acerca del proceso seguido contra la exmandataria de Bolivia Janine Áñez y la consecuente sentencia condenatoria sobre el supuesto delito de Golpe de Estado seguido por el Gobierno, son por demás elocuentes y conclusivos. Establecen la inexistencia de independencia del órgano jurisdiccional, dado que desde la designación de sus componentes y el desempeño de sus atribuciones específicas se hallan manipuladas por el poder central, quien digita, según sus intereses, los fallos a los que arriba.

En consecuencia, la condena impuesta es ilegal e ilegítima y Bolivia vive de espaldas al Estado de Derecho, cuya finalidad es el respeto a la condición humana, para lo cual se establecen medios genéricos y principistas, en lo político: la Soberanía del pueblo, y en lo jurídico: el Imperio de la ley, lo que conlleva admisión de la supremacía de normas jurídicas fundamentales; distinción entre poderes constituyentes y constituidos; división orgánica y funcional entre los poderes constituidos; designación por elección de los titulares del poder; legalidad administrativa, derechos humanos tutelados. Estas puntualizaciones distinguen la democracia de otro tipo de regímenes políticos.

Conocidas las conclusiones de los organismos antes mencionados, el Gobierno nacional, por medio de su personero de alto rango, el canciller, Don Rogelio Mayta, ha sostenido que las mismas “no condicen con una relación de respeto mutuo, expresan una posición colonial inaceptable”. Es importante recordarle al Ministro que Bolivia es parte de la Comunidad Jurídica Internacional y, como tal, miembro nato de múltiples y diversos organismos y asociaciones multinacionales de diversa índole, con las cuales pacta acciones comunes que generan derechos y obligaciones. Habrá que resaltar que entre tales pactos, ratificados por la República, se encuentran, en forma particular y señalada, aquellos referidos a los derechos humanos y el régimen de los derechos y garantías de las personas, los mismos que hacen parte del bloque constitucional, que por determinación de nuestra carta fundamental, los “tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre esta”. Cumplir el mandato magno, ¿es colonialismo?

"Cucho” Jordán Q.

Abogado, docente e  historiador del Derecho

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