Opinión Bolivia

  • Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
  • Actualizado 09:33

Imprevisión culpable o abdicación

Imprevisión culpable o abdicación

Los incendios continúan y ante  la gran ausencia del Estado que se experimenta, los esfuerzos de bomberos y personas voluntarias persisten; pero sin equipamiento, sin alimentos y otros, no son suficientes para contenerlos.

Sentimientos de orfandad, rabia e impotencia nos inundan; pero  hablando legalmente qué responsabilidad hay detrás de este abandono.

¿Acaso las autoridades pueden salir cómodamente cada año a declarar emergencia municipal o nacional o  decir que tienen planes; pero no presupuestos, tratando como imprevisibles estos incendios provocados por las mismas políticas de gobierno? Es claro que no.

Jurídicamente hablando el Estado, a través de sus distintos órganos,  es titular de la soberanía que le delega el pueblo; por lo tanto, es el primer responsable de la gestión ambiental que incluye la responsabilidad de promover y canalizar debidamente la participación social, esto se traduce en el principio imperativo de iniciativa institucional en la gestión ambiental.

Se puede decir que hacer gestión ambiental es tomar decisiones y planificar acciones para el uso y aprovechamiento sostenible de la naturaleza,  previendo su conservación y está íntimamente relacionada con la gestión del desarrollo.

Si las autoridades dejan la administración de los recursos naturales (suelo, agua, bosques, entre otros), librada a la buena voluntad de  sectores con intereses particulares, generalmente de corto plazo,  y dejan en manos de esa misma voluntad la protección y conservación de la naturaleza,  que es la base de nuestra economía, estamos frente a la abdicación del poder del Estado.

La abdicación o renuncia tácita del gobierno a hacer cumplir las leyes de protección ambiental  pone en cuestión la vigencia del Estado porque no puede existir este sin derecho.

El  imperativo de iniciativa institucional hace responsables política y  jurídicamente del destino de los recursos naturales a los decisores políticos. Las autoridades debemos tener presente que no se renuncia o deja de cumplir deberes sin asumir tarde o temprano las consecuencias;  por ello, la Constitución declara la responsabilidad por daños ambientales históricos y la imprescriptibilidad de los delitos ambientales.

CECILIA CHACÓN R.

Feminista y concejala por la ciudad de La Paz

[email protected]