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  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
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Fallo garantiza inamovilidad laboral para policías embarazadas y sienta precedente

Este dictamen señala que las policías en estado de gestación no pueden ser cambiadas de su puesto de trabajo
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Mujeres policías. Foto: Radio Fides
Fallo garantiza inamovilidad laboral para policías embarazadas y sienta precedente

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), a través de un fallo, dispuso que las mujeres policías que se encuentren embarazadas deben ser excluidas de las órdenes de cambio de destino y gozar del derecho a la inamovilidad laboral por su condición de gestación.

Este dictamen señala que las policías en estado de gestación no pueden ser cambiadas de su puesto de trabajo y tampoco deben ser destinadas a otro lugar que no sea la residencia de su familia o domicilio. 

En agosto de 2018, la Defensoría del Pueblo presentó un amparo constitucional por el caso de una policía que en su condición de embarazo y a pesar de contar con dos informes emitidos por esa institución, que señalaban que por encontrarse embarazada no debía ser cambiada de destino, fue transferida del Comando Departamental de Oruro al de Pando.

“En el caso de mujeres policías en estado de gestación debe propenderse a su cuidado y atención especial, sin que el destino al que sean designadas, conlleve una variación en las condiciones a la cual estaban sujetas normalmente, situándolas ante un perjuicio evidente en su salud, seguridad física, moral y psíquica, trasladándolas a un lugar distinto en condiciones que agraven su situación”, señala la sentencia constitucional 0167/2019-S2. 

El delegado de la Defensoría del Pueblo en Cochabamba, Nelson Cox, explicó que los cambios de destino afectan la seguridad de las mujeres embarazas. Cox considera que con este fallo podría sentar precedente para que se aplique a otras instituciones que desplazan a su personal, como las Fuerzas Armadas o personal de salud que debe realizar residencias médicas. 

“Hay muchas instituciones todavía que están vulnerando este tema de no considerar a las mujeres embarazadas y distanciarlas de sus familias”, señaló Cox. “Si ahora hemos sentado precedente con la Policía Bolivia, esto también puede ser aplicado en las Fuerzas Armadas que tienen la condición de ser cambiadas de destino, o también en el caso del sistema de salud”, añadió. 

La Defensoría del Pueblo exhortó a la Policía Boliviana a asumir los criterios incluidos en la sentencia para que en futuras órdenes de cambio de destino se tome en cuenta la situación de las funcionarias policiales embarazadas.