Opinión Bolivia

  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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Álvaro entrega reglamento de Ley de Libertad Religiosa a líderes de iglesias 

Contiene 15 artículos una disposición adicional única, una disposición transitoria única y una disposición final. 

Álvaro García Linera, exvicepresidente de Bolivia. ARCHIVO
El vicepresidente Álvaro García Linera.
Álvaro entrega reglamento de Ley de Libertad Religiosa a líderes de iglesias 

El vicepresidente Álvaro García Linera entregó el jueves por la noche el Decreto Supremo Reglamentario de la Ley 1161, de Libertad Religiosa, Organizaciones Religiosas y Creencias Espirituales, a representantes de esas instituciones del departamento de Santa Cruz. 

"El decreto Reglamentario lo que hace es operativizar, en la práctica, en los detalles lo que establece la Constitución Política del Estado y lo que establece la Ley 1161, igualmente hemos tardado meses, pero de parte de nuestro Gobierno a la cabeza de nuestro presidente (Evo Morales) y de parte de la diversidad de organizaciones religiosas y creencias espirituales hemos podido producir un buen reglamento", dijo en un acto especial. 

El presidente Evo Morales promulgó el pasado 11 de abril la Ley 1161 de Libertad Religiosa, Organizaciones Religiosas y Creencias Espirituales, que reconoce la actividad de esas instituciones en plena igualdad de derechos.

El decreto que tiene por objeto reglamentar la ley 1161 contiene 15 artículos una disposición adicional única, una disposición transitoria única y una disposición final. 

García Linera destacó que se trata de un decreto consensuado que ha surgido de las decisiones y expectativas de las organizaciones religiosas del país. 

"Fundamentalmente el reglamento que acabo de entregar en manos de un líder religioso lo que establece son los mecanismos consensuados para establecer las personerías jurídicas, para establecer las funciones de las organizaciones religiosas, sus actividades, el respeto", precisó. 

El segundo del Ejecutivo explicó que en esa norma esta clara la actitud del Estado frente a las manifestaciones religiosas que "es no entrometerse" ni exigirle, sino simplemente respetar sus creencias y buscar la coordinación en base al respeto mutuo con otras instituciones. 

La norma establece "la no injerencia del Estado" y respeta la autonomía de las religiones, además de definir un marco jurídico de derechos y deberes de acuerdo con sus convivencias de culto.