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  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
  • Actualizado 16:39

LA POLICÍA APLICARÁ LA LEY DE TRÁNSITO Y LAS NORMAS NACIONALES

180 guardias municipales controlarán que transporte esté al 50% de su capacidad

Movilidad Urbana y gendarmes verificarán el cumplimiento mientras que los efectivos policiales no fueron convocados para coordinar los “temas municipales”. Las multas por no seguir las medidas de bioseguridad van de 50 a 100 bolivianos, además de la retención del vehículo por 24 y 72 horas.
Controles por efectivos municipales. Archivo
Controles por efectivos municipales. Archivo
180 guardias municipales controlarán que transporte esté al 50% de su capacidad

Al menos 180 guardias municipales controlarán que los servicios de transporte público y privado circulen y trabajen al 50% de su capacidad, además de cumplir con el uso permanente de barbijos, alcohol para desinfección, distanciamiento físico y el buen estado de sus ventanas.

La circulación será de lunes a viernes solo de 5:00 a 18:00 horas.

El director de Movilidad Urbana del Municipio, Hever Rojas, detalló que los controles se realizarán en los principales puntos de acceso a la ciudad, como ser las avenidas Petrolera, Panamericana, Fuerza Aérea, Killman, Ingavi, Capitán Ustáriz, Blanco Galindo, d’Orbigni y Tadeo Haenke.

“Las sanciones entran en vigencia desde mañana mismo, pero esta primera semana haremos un fuerte trabajo de socialización con todos los sectores”, indicó.

Por otro lado, la Policía y el Organismo Operativo de Tránsito, manifestaron haber quedado al margen del Decreto Municipal 159, para regular y controlar el transporte en medio de la dinamización de la cuarentena.

“Esa norma es algo no coordinado, no pidieron nuestro criterio y desconocemos bajo que criterios técnico legales fue emitida. Además, claramente el municipio establece tareas e para sus gendarmes. Ellos son los que deben hacer cumplir esa norma municipal”, manifestó el director departamental de Tránsito, Nelson Miranda.

Asimismo, aclaró que los efectivos policiales harán cumplir la normativa de Tránsito y los decretos supremos que rigen a la fecha por la cuarentena dinámica y la pandemia del coronavirus COVID-19.

“Reiterando lo anteriormente expuesto, se deslinda cualquier situación emergente de esa normativa municipal”, concluyó.

EL DECRETO MUNICIPAL Las disposiciones reglamentarias vigentes en el municipio, a partir de hoy, para normar el transporte público y privado son las siguientes:

TRANSPORTE PÚBLICO

- Los operadores de este servicio deben contar con barbijo, alcohol para desinfección y proceder con la limpieza y desinfección de sus vehículos en el punto de origen y destino.

- No pueden transportar personas paradas en los pasillos y deben contar con dispositivos de bioseguridad que minimicen su contacto con los pasajeros y velar por el distanciamiento de 1.5 metros.

- Sus ventanas deben estar en buen funcionamiento.

- Transportará al 50% de su capacidad.

- Solo puede recoger pasajeros que utilicen barbijo y en las paradas correspondientes.

- Queda prohibido el consumo de alimentos.

- Los pasajeros deben abordar con el pasaje fraccionado.

- El conductor debe portar un envase de alcohol para desinfección.

- Adecuar los asientos con materiales impermeables y lavables.

- El interior del vehículo debe tener señalización sobre las plazas habilitadas para sentarse, y otras informativas sobre la COVID-19.

HABILITACIÓN GRADUAL DEL TRANSPORTE PÚBLICO

PRIMERA ETAPA Desde el lunes, los vehículos del transporte público podrán trabajar según la terminación de sus placas de circulación, dela siguiente manera:

- Pares (0, 2, 4, 6, y 8)…………. Lunes

- Impares (1, 3, 5, 7 y 9)………..Martes

- Pares (0, 2, 4, 6, y 8)………….Miércoles

- Impares (1, 3, 5, 7 y 9)…….….Jueves

- Pares (0, 2, 4, 6, y 8)………….Viernes

- Impares (1, 3, 5, 7 y 9)……..….Lunes

- Pares (0, 2, 4, 6, y 8)………….Martes

- Impares (1, 3, 5, 7 y 9)………..Miércoles

- Pares (0, 2, 4, 6, y 8)………….Jueves

- Impares (1, 3, 5, 7 y 9)………..Viernes

- Pares (0, 2, 4, 6, y 8)………….Etc.

SEGUNDA ETAPA Después de una evaluación de las condiciones de riesgo y número de casos, el transporte público tendrá solo un día de restricción y podrá trabajar los cuatro días restantes, según la terminación numérica de la placa de circulación, de la siguiente manera:

- 0 y 1……….Lunes

- 2 y 3……….Martes

- 4 y 5……….Miércoles

- 6 y 7……….Jueves

- 8 y 9……….Viernes

Para la circulación del servicio privado se aplicará la Ordenanza Municipal 4394/2012 que establece la restricción vehicular en el área del “casco viejo” según la terminación de la placa de circulación, que es igual a la señalada anteriormente.

CANTIDAD DE PASAJEROS POR VEHÍCULO

La cantidad de personas que pueden ser transportadas en los vehículos se determinó de la siguiente forma:

- Bus: 17 pasajeros

- Microbús tipo Coaster: 14 pasajeros

- Microbús: 13 pasajeros

- Minibús: 8 pasajeros

- Minibús tipo Noah: 5 pasajeros

- Taxi de ruta fija tipo Ipsum: 5 pasajeros

- Taxi de servicio interprovincial Valle Alto: 3 pasajeros

- Los taxis y radiotaxis podrán transportar normalmente 2 pasajeros, y 3 de forma excepcional.

- Los vehículos particulares podrán transportar pasajeros al 50% de su capacidad.

TRANSPORTE PRIVADO

- Podrá circular solo de lunes a viernes de 5:00 a 18:00.

- Deberá cumplir con las medidas de bioseguridad señaladas, incluyendo la óptima ventilación y desinfección diaria, además d portar elementos de desinfección como el alcohol y asientos impermeables.

MOTOTAXIS

Las motocicletas, quadra tracks, tricots o trimóvil serán usados solamente con fines laborales, solo con el conductor a bordo. Queda prohibido el transporte de pasajeros.

PEATONES

- La circulación en las aceras se realizará en un solo sentido, la derecha en el mismo sentido de la circulación vehicular y la izquierda de forma contraria.

- Es obligatorio el uso de barbijo.

- Se debe respetar el distanciamiento físico de 1.5 metros.

SANCIONES

En el caso del transporte público, incluyendo taxis, radiotaxis y servicio privado, si sobrepasan la cantidad de usuarios autorizada, si no cuentan con las medidas de bioseguridad establecidas, si trabajan en un día u horario no permitido, o si presentan ventanas en desuso o en mal estado, las sanciones son las siguientes:

- Se conduce el vehículo a un garaje de resguardo por 24 horas, la primera vez.

- Se conduce el motorizado a un garaje de resguardo por 72 horas y se cobra una multa de 100 bolivianos, la segunda vez.

Si algún pasajero u ocupante se transporta sin barbijo, la multa es de 50 bolivianos la primera vez y de 100 la segunda.

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