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  • Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
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¿Qué es el divorcio y cuántas clases hay en Bolivia?

Cuando los esposos, ambos o solo uno, entienden que la comunicación, el vínculo sentimental y el proyecto de vida en común está irremediablemente roto, sin lugar a conciliación de ninguna clase, solo tienen que fundamentar su deseo de divorciarse.
¿Qué es el divorcio y cuántas clases hay en Bolivia?

Cuando los esposos, ambos o solo uno, entienden que la comunicación, el vínculo sentimental y el proyecto de vida en común está irremediablemente roto, sin lugar a conciliación de ninguna clase, solo tienen que fundamentar su deseo de divorciarse.

El ordenamiento jurídico boliviano reconoce tres opciones para tramitar desvinculación matrimonial.

1.    Divorcio o Desvinculación Notarial

2.    Divorcio o Desvinculación de Mutuo Acuerdo

3.    Divorcio o Desvinculación Judicial

1.    DIVORCIO NOTARIAL: PROCEDIMIENTO Y  REQUISITOS

• Los esposos deben apersonarse voluntariamente ante notaria y suscribir en mutuo acuerdo su separación.

• Acompañar certificado de matrimonio.

• No deben tener hijos menores de edad.

• No deben contar con inmuebles en comunidad ganancial, osea adquiridos dentro el matrimonio.

• Un profesional abogado debe redactar un documento de solicitud de divorcio.

• Firmar declaración jurada de no haber presentado la solicitud de divorcio en otra modalidad.

2.    DIVORCIO JUDICIAL POR ACUERDO DESVINCULATORIO: REQUISITOS

• Los esposos, de común acuerdo, deciden establecer los puntos de su separación en un documento desvinculatorio, elaborado por un abogado, que formalice su separación, y establezca la tutela de los hijos, su asistencia familiar, la forma y proporción de distribución de los bienes comunes.

• Suscrito ese documentos, ambas partes o solo una puede solicitar ante el Juzgado Público de Familia, que homologue el documento y notifique a la otra parte.

• Ese procedimiento acelera la conclusión de la orden judicial de anulación de Partida de Matrimonio a ser registrada por el SERECI.

3.    DIVORCIO JUDICIAL: TRÁMITE Y REQUISITOS

El nuevo ordenamiento jurídico familiar establece que solo se requiere la voluntad de una de las partes para solicitar la Desvinculación Judicial o Divorcio; es decir, no es necesario probar o alegar causales, solo basta expresar la voluntad de separarse. Esta acción puede ser consensuada o puede responderse de manera negativa, también puede efectuarse mediante apoderado (con Poder Notarial)

Un abogado debe suscribir la demanda de divorcio, acompañando de los siguientes requisitos:

• Certificado de matrimonio original

• Certificado de nacimiento de los hijos, si los hubiere

• Aclarar los bienes y ganancias que se realizaron dentro del matrimonio

• Fotocopias de la cédulas de identidad de la pareja

• En caso de apoderado, acompañar el poder notarial

• Se sugiere especificar si es que las partes o solo uno de ellas acepta los tres meses para considerar conciliación o renunciar a ese plazo

* Las modalidades 2 y 3 de divorcio se efectivizan a partir del señalamiento de audiencia del juez. En esa audiencia se debe afirmar y ratificar el deseo  de desvinculación o divorcio, sin lugar a conciliación.

*La duración máxima de este trámite no es superior a tres meses.