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  • Diario Digital | jueves, 18 de abril de 2024
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Tribunal condena a taxista por el feminicidio de Alexandra Rodríguez y liberan de culpa a su pareja

La madrugada del 10 junio de 2018, Alexandra Rodríguez fue asesinada con un disparo en la cabeza, en un espacio público, cerca de su casa en Pucara, en la zona sur de Cochabamba. Horas antes, Alexandra vio a su ex concubino, el payaso Erih Brayan R.M., en una casa de los amigos de él, y allí discutieron. Luego llamaron a un taxi y ella salió de la casa. La víctima fue encontrada sin vida en plena vía pública.

La animadora de fiestas infantiles Alexandra Rodríguez, junto a su pareja.
La animadora de fiestas infantiles Alexandra Rodríguez, junto a su pareja.
Tribunal condena a taxista por el feminicidio de Alexandra Rodríguez y liberan de culpa a su pareja

Edwin Cáceres Viracochea, el taxista que confesó haberle disparado en la cabeza a la animadora de fiestas infantiles Alexandra Rodríguez, fue hallado culpable del delito de feminicidio por el Tribunal de Sentencia 7 y fue condenado a 30 años de cárcel en El Abra. Por falta de pruebas suficientes, los jueces absolvieron de culpa al ex concubino de la víctima, el payaso Erih Brayan R.M. y a las otras cinco personas acusadas de complicidad y encubrimiento.

Los padres de Alexandra dijeron que ningún fallo les devolverá a su hija, pero que están conformes, en parte, con el hecho de que los jueces hayan confirmado de que se trató de un feminicidio y que el sentenciado no haya sido condenado por otros delitos menores, como pretendían sus abogados.

“No estamos conformes del todo porque no entendemos qué pasó acá. Hay una prueba científica que halló pólvora en las manos de la ex pareja de mi hija. Los jueces no han explicado qué valor le dieron a esa prueba. Y nos quedan muchas dudas”, declaró el padre de Alexandra.

La madrugada del 10 junio de 2018, Alexandra Rodríguez fue asesinada con un disparo en la cabeza, en un espacio público, cerca de su casa en Pucara, en la zona sur de Cochabamba. Horas antes, Alexandra vio a su ex concubino, el payaso Erih Brayan R.M., en una casa de los amigos de él, y allí discutieron. Luego llamaron a un taxi y ella salió de la casa. La víctima fue encontrada sin vida en plena vía pública.

Peritos del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) sometieron al payaso a una prueba de absorción atómica (no es una prueba de guantelete que puede dar falsos positivos, sino de absorción atómica, que es científica) y los resultados revelaron que el joven tenía al menos tres componentes de pólvora en el dorso y la palma de sus manos. Esos componentes solo están presentes en la pólvora de las armas de fuego. Por ello fue aprehendido y enviado con detención preventiva a una cárcel.

Después de esa decisión judicial, el Observatorio de Justicia se hizo cargo de la defensa legal de Alexandra y, cuando surgieron nuevos indicios en las investigaciones, pidió la producción de prueba. Incluso durante el juicio.

Por ejemplo, se descubrió que los parlantes y otros objetos robados que tenía Alexandra en su poder y que eran del payaso, estaban en poder de un taxista que también estuvo en contacto con Alexandra, antes de su muerte, porque fue quien la llevó a su casa. Por eso se amplió la investigación en contra del taxista Edwin Cáceres Viracochea.

Durante el mismo juicio, salió algo nuevo. El perito que efectuó la triangulación de llamadas, y el análisis de los extractos telefónicos, sostuvo que no hubo comunicación entre Erick Bryan y el taxista Edwin Cáceres Viracochea. Además, reveló que el taxista también tenía en su poder el teléfono celular de Alexandra y que lo habilitó días después del crimen. Por ello, abogados del Observatorio de Justicia, pidieron la producción de prueba extraordinaria.

Esa prueba extraordinaria acorraló al taxista que presentó un memorial declarándose culpable de matar a Alexandra. Sin embargo, era necesario desvirtuar en juicio otras pruebas contra los acusados.

Edwin Cáceres, durante el juicio, confesó que llevó a Alexandra a su casa y ella le pidió que la ayude a llevar varios equipos que eran de su expareja, entre ellos un televisor, unos parlantes y otros. Asegura que pensó que la payasita le iba a dar parte de esos equipos como pago por la ayuda, pero ella le dijo que no podía darle nada. El taxista se enojó, forcejearon y, según su versión, a él “se le escapó un tiro” que impactó en la cabeza de la animadora infantil.

Consultado sobre si se apelará el fallo, el abogado del Observatorio de Justicia de la Fundación Voces Libres, Marcelo Sánchez, dijo que esperarán la lectura inextensa de la sentencia condenatoria y de absolución del payaso Erick Brayan y los otros acusados, para conocer cuáles son los argumentos de los jueces para descartar la prueba de absorción atómica y otros elementos.

“Hoy, solamente se leyó la parte resolutiva de la sentencia condenatoria. Cuando conozcamos el fallo en su integridad y la fundamentación respectiva, analizaremos si es pertinente presentar, o no, una apelación”.

El juicio comenzó el 12 de agosto de 2021 y tuvo varias interrupciones, para lograr la producción de prueba extraordinaria.