Opinión Bolivia

  • Diario Digital | martes, 23 de abril de 2024
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ES FUNCIONARIO DE LA FELCV

Acusan a un policía por extorsión de Bs 3 mil

El efectvo de rango cabo habría ofrecido al aprehendido eliminar sus antecedentes penales para no remitirlo a ninguna cárcel de Cochabamba.
Imagen ilustrativa
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Acusan a un policía por extorsión de Bs 3 mil

Un supuesto caso de extorsión fue denunciado esta semana en contra del policía C.H.Q., quien habría pedido 3 milk bolivianos a un aprehendido E.V.V. para que no registre antecedentes policiales ni sea remitido a ninguna cárcel de Cochabamba.

El hecho denunciado por la hermana del supuesto extorsionadoocurrió, de acuerdo a la entrevista de la acusadora, el pasado 9 de agosto; sin embargo fue delatado recién esta semana.

De acuerdo, con las declaraciones de la hermana, el policía, de rango cabo, pidió el dinero al aprehendido , quien se encontraba en instalaciones de la Fuerza Especial de la Lucha Contra la Violencia (FELCV) de Cliza.

Los familiares, ante la desesperación, aceptaron el monto para librar al capturado quien se encontraría libre al día de hoy.

El caso fue abierto y remetido al Ministerio Público, que analizará la denuncia con el delito de cohecho pasivo propio. El caso se encuentra en proceso de investigación.

Se desconoce el proceso por el que E.V.V. se encontraba aprehendido en las instalaciones de la FELCV y si fue remitido a una cárcel o se encuentra en libertad, no obstante; por las funciones encargadas a esta división especializada de la Policía Bolivia, tiene que estar relacionado con violencia hacia las mujeres.

ARTÍCULO 145 El delito de cohecho pasivo propio está tipificado en el artículo 145 del código penal que refiere: “La servidora o el servidor público o autoridad que para hacer o dejar de hacer un acto relativo a sus funciones o contrario a los deberes de su cargo, recibiere directamente o por interpuesta persona, para sí o un tercero, dádivas o cualquier otra ventaja o aceptare ofrecimientos o promesas, será sancionado con privación de libertad de tres a ocho años y multa de 50 a 150 días.

Sanción

Es la pena máxima que se otorga a los funcionarios declarados culpables por dejar de hacer sus funciones o contrario a los deberes de su cargo.