EL PAGO SERÁ HECHO CUANDO LOS PACIENTES SEAN REFERIDOS DEL SECTOR PÚBLICO
Senado aprueba Ley para la atención en clínicas privadas y reembolso del Estado
Ante el inminente colapso de los servicios de salud por la pandemia del coronavirus COVID-19, desde la Asamblea Legislativa se toman algunas previsiones.
El pleno de la Cámara de Senadores aprobó ayer el Proyecto de Ley que dispone que, de manera extraordinaria y mientras dure la emergencia por el coronavirus COVID-19, las clínicas privadas que tengan pacientes referidos del sector público serán reembolsados por el nivel central del Estado.
La presidenta del Senado, Eva Copa, manifestó que “el Gobierno central es quien tendría que subsidiar los costos” y garantizar la atención.
La propuesta que pasará a su análisis en la Cámara de Diputados surge ante el inminente colapso de los hospitales públicos, principalmente en Santa Cruz y Beni.
El parágrafo III del artículo 2 de la norma establece también que el pago se hará “de acuerdo a aranceles para sus diferentes etapas o estadios, en función a los gastos efectuados por insumos, material y equipos utilizados y no otorgados por el nivel central”.
El Gobierno transitorio podrá utilizar los recursos asignados por la Ley 602 de Gestión de Riesgos, además de los créditos y donaciones para el financiamiento de estos gastos emergentes por la atención de la pandemia.
La transferencia de competencias operativas del subsector privado al Ministerio de Salud se efectivizará “en caso de que se sobrepasen las capacidades instaladas de los servicios del subsector público”, con la finalidad de que la capacidad de atención sea incrementada rápidamente.
Añade que el subsector privado, al igual que los otros subsistemas (público y seguridad social), tienen la obligación de atender a todas las personas que así lo requieran para diagnosticar y tratar la infección por el virus, además de informar a su Servicio Departamental de Salud (SEDES) todos los casos que son diagnosticados y atendidos.
También menciona que el nivel central del Estado debe dotar de los insumos y equipos necesarios al subsector privado para la prevención y tratamiento, cuando asuma las competencias operativas y acorde a las necesidades y demandas de ese sector.
El artículo 3 del proyecto normativo suspende cualquier tipo de exclusividad y/o licencia de importación de insumos, medicamentos o equipamiento que hubiese sido otorgado a empresas públicas o privadas, lo que permite que los gobiernos subnacionales, a través de sus sistemas de salud, puedan realizar las compras directas de materiales, insumos y equipos para prevenir, contener y atender la pandemia del coronavirus.
“Vimos con mucha preocupación que hay clínicas privadas que están haciendo la prueba del COVID– 19 a muy alto costo y además que los hospitales públicos ya colapsaron es por eso de esta ley excepcional”, sostuvo.
El proyecto normativo, aprobado por más de dos tercios, fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión.