La sedición ya no es delito y Áñez y Evo se benefician
El presidente del Tribunal Condicional Plurinacional (TCP), Paúl Franco, informó, citado por Urgente.bo, que se emitió la Sentencia Constitucional 04/2022 que elimina del ordenamiento jurídico el delito de sedición, es decir; que a partir de ahora ninguna persona puede ser perseguida por esa figura.
“Se ha procedido a la inconstitucionalidad del delito de sedición. Por tanto, a partir de la Sentencia Constitucional, el delito de sedición queda expulsado del ordenamiento jurídico boliviano y en consecuencia, nadie puede ser procesado o perseguido en relación a este delito”, dijo.
El constitucionalista Israel Quino aseguró que la determinación favorece a los expresidentes Jeanine Áñez y Evo Morales, además del exdirigente cocalero Faustino Yucra, que son perseguidos por ese delito. También aclaró que la norma se aplica de forma retroactiva.
El 4 de noviembre del 2020, el TCP admitió una acción de inconstitucionalidad abstracta en contra de los artículos 123 y 133 del Código Penal boliviano relacionados con los delitos de sedición y terrorismo, que en criterio de los accionantes vulneran derechos, garantías y principios fundamentales establecidos en la Constitución.
La acción fue planteada por los exlegisladores del MAS, Adriana Salvatierra, Franklin Flores, Juan Quispe y Sonia Brito.