Opinión Bolivia

  • Diario Digital | martes, 19 de marzo de 2024
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Primera Dama de Bolivia después de 15 años debe cumplir 10 tareas

La normativa vigente establece que su principal función será la de gestión y ayuda social en favor de la población desprotegida y los diferentes grupos vulnerables del país.
 
El presidente electo, Luis Arce, y su esposa Lourdes Durán. ARCHIVO
El presidente electo, Luis Arce, y su esposa Lourdes Durán. ARCHIVO
Primera Dama de Bolivia después de 15 años debe cumplir 10 tareas

Bolivia volverá a tener una Primera Dama, después de 15 años. Lourdes Brígida Durán, la esposa del presidente electo Luis Arce, tendrá como función principal la gestión y ayuda social, entre otras 9 tareas establecidas por ley.  

La última mujer en asumir este cargo fue Elena Arguedas, esposa del presidente Eduardo Rodríguez Veltzé.

Durante la gestión de Evo Morales, el país no contó con una Primera Dama debido a que el mandatario era soltero. Tampoco lo hizo en la gestión de Jeanine Áñez. Su hija Carolina Ribero asumió el cargo desde la Unidad de Apoyo de Gestión Social de la Presidencia.

El Decreto Supremo 25214, de 1998, en su artículo 6, establece que la Primera Dama tiene 10 atribuciones, todas referidas al apoyo que se debe dar a la población desprotegida y vulnerable.

La esposa de Arce fue subgerente regional de Banca Empresas y Pyme del Banco Unión, según un informe de la Procuraduría General del Estado, en el que con información de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) se denunció traspasos de fondo a las cuentas de Durán por Bs 1.7 millones y por otros $us50 mil.

ATRIBUCIONES

La cónyuge del Primer Mandatario debe promover políticas sociales; coordinar planes y programas de apoyo; buscar mecanismos que generen respuestas a las necesidades y requerimientos de grupos sociales en situación de desventaja, y que permitan establecer programas y proyectos adecuados y oportunos para proporcionarles prestaciones sociales básicas; y coordinar con otras instancias del Gobierno, de la sociedad civil y de los organismos internacionales, la implementación y ejecución del programa y acciones tendentes al mejoramiento de las condiciones de vida de los grupos más deprimidos y desvalidos del país.

A su vez, debe trabajar “en favor de los niños, niñas, jóvenes, mujeres y ancianos en situaciones de maltrato o en circunstancias especialmente difíciles”. Su misión es propiciar en el marco de su misión institucional, acciones de alivio y apoyo; establecer mecanismos de coordinación con las Gobernaciones para la ejecución, a través del Servicio Departamental de Gestión Social, de los planes, proyectos y programas elaborados dentro de sus actividades.

A este propósito, se establecerá una Unịdad de Coordinación Especial dentro de estos Servicios Departamentales, que responda a los lineamientos del Despacho de la Primera Dama de la Nación.

Por otro lado, se buscará que celebre acuerdos, convenios y toda clase de actos jurídicos vinculados a la problemática de sus actividades; coordinar e impulsar las acciones de la “Fundación Primera Dama”; buscar cooperación interna o externa y canalizar su distribución, de acuerdo a necesidades y requerimientos; y ejercer las demás atribuciones que permitan el eficiente cumplimiento de su misión institucional.

APUNTES

· El papel de la Primera Dama sufrió alteraciones desde comienzos del siglo XX, según Urgente.bo.

·  La vinculación patriarcal del cuidado de los niños a una función meramente femenina se transfirió informalmente al rol de la esposa del Presidente de turno desde la primera década del siglo pasado, pero la consolidación de tal rol se dio con los decretos supremos que por primera vez consideraron el asunto de manera específica con Alfredo Ovando Candia (1969) y Hugo Banzer Suárez (1971).

· Banzer sistematizó al detalle el papel de la Primera Dama mediante el Decreto 9922 (que estuvo vigente hasta el primer gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, en 1996). En ese periodo se creó una Junta Nacional de Desarrollo Social que antes estaba a cargo del Ministerio de la Presidencia.

· Sánchez de Lozada, como presidente, cambió la norma con el Decreto 24239 y se institucionalizó el “cargo honorífico de Primera Dama de la Nación ejercido por la cónyuge del Presidente” (artículo 1), aunque no precisó sus funciones.

· Al volver al poder Banzer, esta vez no por la fuerza sino bajo elecciones y un pacto con el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), abrogó el decreto de su antecesor y emitió otro nuevo en 1998 (el 25214), de más de ocho páginas, con el que dio un poder ilimitado a la Primera Dama (de Yolanda Prada para adelante).