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  • Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
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LOS CHOFERES DEBEN ADECUARSE A LAS MEDIDAS PARA DEFINIR LA FECHA DE OPERACIONES

La Paz flexibiliza el transporte y Trinidad declara desastre municipal

El Gobernador paceño Félix Patzi emitió un decreto para respaldar la decisión y establece 11 medidas de bioseguridad. Se prevé que solo el 40% reanude operaciones. La declaratoria en Beni permitirá gestionar los recursos necesarios para la atención de la pandemia.

La Paz flexibiliza el transporte y Trinidad declara desastre municipal

La cuarentena dinámica por el coronavirus COVID-19, que se aplica de manera diferenciada en los municipios del país, apunta a la flexibilización, en algunos lugares, y a mantenerse dura en otros.

En el caso de La Paz, decidieron autorizar la circulación del transporte público, a través de un decreto. En Trinidad, la situación es diferente. Se declaró desastre municipal para gestionar recursos que permitan una atención adecuada de la pandemia.

La Gobernación paceña definió que podrán trabajar a nivel interprovincial e intermunicipal por el número de placas y cumpliendo 11 medidas de bioseguridad. Se prevé que inicien operaciones el 1 de junio, pero dependerá de que cumplan con las exigencias para garantizar la seguridad de los pasajeros.

Patzi explicó que las placas autorizadas para salir a circulación serán: los lunes 1, 2, 3, 4; martes 5, 6, 7 y 8; miércoles 9, 0, 1 y 2, jueves 3, 4, 5 y 6; y viernes 7, 8, 9 y 0, mientras que los sábados y domingos existe "restricción total".

Precisó que este transporte interprovincial e intermunicipal comenzará a prestar sus servicios de 5:00 a 18:00 "debiendo los choferes prever el tiempo de viaje".

Esa norma también señala que los minibuses solo podrán llevar a 10 pasajeros incluyendo el chofer; y microbuses con 22 plazas. Los taxi trufis tipo Ipsum podrán transportar cinco pasajeros y el conductor. En  un taxi se permitirá transportar a  cuatro personas incluyendo  el conductor; y los camiones solo dos personas, además tres ayudantes en la carrocería.

Indicó que en todas las trancas del departamento se instalarán puntos de control para el cumplimiento de esta norma que pretende con "flexibilidad" reactivar las actividades económicas que fueron suspendidas por la cuarentena total.

BIOSEGURIDAD Los alcalde de La Paz y de El Alto, Luis Revilla y Soledad Chapetón, informaron que solo el 40% del parque automotor de ambas ciudades reanudarán sus operaciones, siempre y cuando cumplan con todas las medidas de bioseguridad.

Las 11 medidas de bioseguridad para los choferes son: el uso de barbijos, portar un bidón con solución jabonosa, dispensador de alcohol en gel para usuarios, separador físico entre conductor y pasajeros, ventanas operables, desinfectar el dispensador de monedas, material de asientos lavable e impermeable, prohibición de adornos u objetos susceptibles de contaminación en el tableo, desinfección del vehículo en paradas de origen y destino; prohibición de viaje a pasajeros parados y sin voceadores.

Además, en la terminal de transporte terrestre interprovincial de El Alto y paradas autorizadas se dispondrá de tanques de agua y desinfectante para el fumigado de los vehículos, usuarios y equipaje. Asimismo, cada sindicato debe portar una mochila fumigadora para sus vehículos afiliados.

El decreto departamental también establece sanciones, por la suplantación o modificación de placas como la multa de 2.000 bolivianos.

DESASTRE Por otro lado, el alcalde de Trinidad, Mario Suárez, promulgó ayer la Ley de Declaratoria de Desastre Municipal, debido a la propagación del coronavirus en esta ciudad, capital del departamento del Beni.

“En el marco de la Ley 602 de Gestión de Riesgos y su reglamento, se autoriza al Ejecutivo gestionar ante las instancias departamentales, nacionales y organismos internacionales, los recursos necesarios para la atención del desastre”, dice la norma, según ABI.

Asimismo, se determinó que el Ejecutivo Municipal, cada 10 días, a partir de la promulgación de dicha ley, o a requerimiento del Concejo Municipal, brinde información sobre la ejecución de actividades.

Se establece también que la Alcaldía, en un plazo de 30 días calendario, después de finalizar la declaratoria de desastre, debe brindar un informe oral y documentado de la ejecución de actividades y recursos utilizados.