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  • Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Notariado reanuda hoy venta de valores y publicará rol de atención por departamentos

Los notarios de Fe Pública se desplazarán de acuerdo a la terminación de su cédula de identidad y deben cumplir estrictamente las medidas de bioseguridad instruidas por el Gobierno.

Fachada de una notaría en una imagen de archivo. PRENSA DIPUTADOS
Fachada de una notaría en una imagen de archivo. PRENSA DIPUTADOS
Notariado reanuda hoy venta de valores y publicará rol de atención por departamentos

La Dirección del Notariado Plurinacional (Dirnoplu) reanuda sus servicios desde hoy, entre ellos la venta de valores notariales de 08:00 a 12:00. En el portal web de la Dirnoplu (www.notariadoplurinacional.gob.bo) se publicará el rol de atención de Notarías por departamentos, según el número de Notaría, nombre y apellidos del notario, dirección de su oficina, número de teléfono y celular con WhatsApp.

El desplazamiento de notarios de Fe Pública se hará de acuerdo a la terminación de su documento de identidad.

"Los lunes se desplazarán quienes tengan la terminación 1 y 2 en su carnet; los martes, 3 y 4; los miércoles 5 y 6; los jueves, 7 y 8; y los viernes, 9 y 0", reseña un comunicado institucional.

La Dirnoplu es una institución descentralizada del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y está encargada de regular la actividad notarial y la provisión de valores notariales. Reanudará sus servicios, de acuerdo a las disposiciones del Decreto Supremo 4229, con el fin de garantizar la otorgación de créditos y el cobro de bonos sociales.

Para el desarrollo de las funciones notariales, los profesionales están obligados a cumplir estrictamente las medidas de bioseguridad dispuestas por el Ministerio de Salud y el Gobierno Municipal para prevenir el contagio del coronavirus.

Los profesionales del Notariado que tengan una enfermedad de base, sean de la tercera edad o por cualquier causa se vean impedidos de brindar el servicio en este periodo de cuarentena, pueden solicitar a las direcciones departamentales de su jurisdicción la suspensión voluntaria que les otorga la Ley 483 del Notariado Plurinacional y el Decreto Supremo N° 2189.