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  • Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Indígenas del Beni ratifican movilización por su autonomía truncada hace 10 años

Indigenas del Beni. TOMADA DE ERBOL.
Indigenas del Beni. TOMADA DE ERBOL.
Indígenas del Beni ratifican movilización por su autonomía truncada hace 10 años

Las autoridades del Territorio Indígena Multiétnico (TIM 1) del Beni ratificaron su movilización a partir de este domingo en la localidad de Puerto San Borja, en el departamento del Beni, debido a que su trámite de autonomía indígena iniciado hace diez años, sigue estancado por falta de una la Ley de Creación de Unidad Territorial que debe ser emitida por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Exigen atención a sus demandas porque de lo contrario – según afirman – se pone en riesgo la integridad territorial, obligando a las 26 comunidades del TIM a declararse en estado de emergencia y movilizarse a partir de este lunes 16 de agosto, suspendiendo también las labores escolares.

Según un comunicado, la decisión fue asumida en la reunión de corregidores que desarrolló el 30 de abril y fue respaldada por las cinco organizaciones indígenas que aglutinan a los 18 pueblos que habitan en el departamento del Beni. En el encuentro que desarrolló el 9 y 10 de agosto en Riberalta se declararon en emergencia hasta obtener una respuesta desde las instancias estatales involucradas.

La presidenta de la Organización de Mujeres del TIM I, Paulina Noza, indicó que la movilización se debe al “cansancio” por la espera de una respuesta desde el Estado para viabilizar su demanda de acceso a la autonomía indígena.

El TIM I comenzó su acceso a la autonomía indígena hace más de una década. En diciembre de 2020, aprobó a través de normas y procedimientos propios su estatuto autonómico luego de que este obtuvo la declaración plena de constitucionalidad.

Sin embargo, ante la modificación de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización a través de la Ley N˚1198 sobre la forma de aprobación de la norma básica institucional para los procesos por la vía territorial, durante la aprobación de diciembre se vieron obligados a modificar uno de los artículos transitorios de su estatuto autonómico, referido, precisamente, a la aprobación del estatuto. La modificación fue enviada al Tribunal Constitucional Plurinacional, instancia que hasta la fecha no emite una respuesta.

Otro de los requisitos una ley que fue entregada en enero de 2020 al Órgano Legislativo y hasta la fecha tampoco logró una respuesta, a pesar de las distintas reuniones que sostuvieron con las y los legisladores.

Ante estas trabas, los distintos encuentros de corregidores emitieron votos resolutivos exhortando al Órgano Legislativo, Órgano Ejecutivo y Órgano Judicial a viabilizar su proceso. El último fue emitido el 11 de julio pasado, donde dieron un plazo hasta el 4 de agosto para que las instancias organizativas del Estado emitan una respuesta, pero esta no llegó finalmente.

“Hemos mandado (el voto resolutivo) al Viceministerio de Autonomía donde no nos dieron oído; también al Ministerio de Desarrollo Rural, también al presidente de la Comisión de Organización Territorial y Autonomías, al presidente de la Cámara de Diputados del Estado (…). Se ha cumplido el plazo que se dio en el encuentro de corregidores, por lo tanto, se han tomado acciones en el movimiento indígena y se va a proceder a una marcha que va a ser concentrada en el territorio TIM (…), va a ser un bloqueo contundente”, indicó el secretario de Recursos Naturales del TIM I, Florencio Choque.

A inicios del mes de agosto, la Central de Pueblos Étnicos Mojeños del Beni (CPEM-B) convocó a todas sus subcentrales afiliadas, organizaciones de mujeres del TIM-I, del Territorio indígena Mojeño Ignaciano (TIMI), Territorio indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TINPIS), Bella Selva, Río Isiboro, Cercado Río Mamoré, San Lorenzo, San Francisco, Organización de Jóvenes Indígenas Mojeños (OJIM), Subcentral del Pueblo Indígena Movima (SPIM), Subcentral de Mujeres Indígenas Movima (SMIM) y al Gran Cabildo Indigenal de San Ignacio de Mojos; a las y los marchistas históricos de los territorios indígenas; a los Cabildos Indígenas comunales; a las autoridades indígenas en instancias de poder público (concejales y asambleístas); y a las y los jóvenes indígenas a concentrarse en esta movilización.