Gobierno suspende horario laboral continuo desde el 6 de marzo
La decisión fue tomada a partir del último informe y recomendaciones del Ministerio de Salud sobre la situación de contagios del Covid-19.
El gobierno a través de la Resolución Ministerial Nº 264/23, publicada por el Ministerio de Trabajo, determino suspender, desde el 6 de marzo, el horario continuo laboral en instituciones públicas y privadas, aunque, se especifica que aquellas empresas, cuya naturaleza de sus funciones demanden otro tipo de organización, podrán “adecuar sus actividades tanto en horario de ingreso y salida”.
Específicamente, el artículo segundo de la Resolución establece que a partir de este 6 de marzo el horario de trabajo será de 8 horas discontinuas.
La resolución se aplica para suspender la medida que se aplicó al inicio de la pandemia de COVID-19 que determinaba que todas las fuentes laborales del país debían trabajar 8 horas continuas.
Por su parte, las instituciones y empresas públicas que requieran la aplicación de la jornada laboral especial deberán sujetarse a lo establecido en el Decreto Supremo Nro. 29197 que reglamenta las siguientes excepciones: por razones vinculadas a la seguridad física de sus trabajadores, que para prestar sus servicios requieren de luz natural y/o para brindar un mejor servicio a la comunidad, velando por la eficacia, eficiencia y responsabilidad en la atención a la población.
La decisión fue tomada a partir del informe técnico emitido por el Viceministerio de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud sobre la presencia del COVID-19 en el país. El Reporte Epidemiológico 1079 informa que 322 pacientes se recuperaron de COVID-19 y fueron dados de alta; al 27 de febrero se realizaron 2.614 pruebas, 76 dieron resultado positivo y 2.538 fueron descartadas. De igual manera el reporte establece que no se reportó fallecimientos a causa del virus y la tasa de letalidad hasta el momento alcanza a 0.1%.