Opinión Bolivia

  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
  • Actualizado 21:58

SE LIMITAN LOS VIAJES Y EL INGRESO DE EXTRANJEROS AL PAÍS

Gobierno decreta emergencia sanitaria y cuarentena nacional

Entre las medidas se restringe la circulación de las personas  desde las 17:00 a 05:00 en todo el territorio boliviano. Los que infrinjan serán arrestados por ocho horas.
Operativos policiales en Cochabamba para hacer cumplir la cuarentena. DICO SOLÍS
Operativos policiales en Cochabamba para hacer cumplir la cuarentena. DICO SOLÍS
Gobierno decreta emergencia sanitaria y cuarentena nacional

El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, informó ayer que se aprobó un Decreto Supremo 4196 que, entre otros puntos, establece la cuarentena nacional desde las 17:00 horas hasta las 05:00 del día siguiente. Las norma tiene vigencia desde hoy hasta el 31 de marzo.

“Todos los habitantes de Bolivia deberán permanecer en su domicilio a partir de 17 horas (cinco de la tarde) hasta las cinco de la mañana del día siguiente (...) Quienes van a ser respetar este decreto son la Policía y las Fuerzas Armadas”, dijo Núñez en conferencia de prensa.

Asimismo, señaló que entre las sanciones que se establecen para quienes no acaten la medida es el arresto de 8 horas. Así como el cierre de establecimientos que desobedezcan el decreto.

En esa línea, el Ministro de la Presidencia señaló también que las Gobernaciones y Alcaldías deberán ser, también, responsables de que se cumpla el decreto y deberán adecuarse a los mismos.

“Estas medidas son de carácter nacional y de cumplimiento obligatorio. Por tanto, gobernaciones y  municipios deberán enmarcar sus disposiciones en el presente decreto”.

Así, Núñez dejó en el limbo las decisiones que tomaron algunos departamentos respecto a entrar en cuarentena durante mayor tiempo, pero no cerró las puertas a dialogar con las autoridades departamentales y municipales para consensuar la medida.

Señaló que la norma tiene ciertas excepciones para las Fuerzas Armadas, la Policía, Ambulancias y personas que tengan que movilizarse por cuestiones de salud.

“La excepción también abarca a personas que necesitan atención médico o que tengan una situación de fuerza mayor debidamente justificada”, señaló.

Los establecimientos comerciales atenderán desde las 8:00 hasta las 15:00, con excepción de farmacias, postas sanitarias, consultorios privados, entre otros.

El Ministro de la Presidencia señaló que está prohibido cualquier reunión o evento deportivo, cultural, religioso así como cualquier encuentro que implique una aglomeración de personas.

También ratificó que se definió recortar la jornada laboral a 5 horas (de 08:00 a 13:00) y que a partir de la media noche del viernes se cerrarán las fronteras del país.

Remarcó que, después del viernes, se permitirá el ingreso al país de ciudadanos bolivianos, quienes se someterán a un protocolo de salud establecido por el Ministerio de Salud.

El Gobierno empezó a trabajar contra la propagación del coronavirus.

Duración

La emergencia sanitaria nacional y cuarentena en todo el territorio nacional rige desde ayer hasta el 31 de marzo.

Cuarentena 

Todos los habitantes de Bolivia deberán permanecer en sus domicilios a pertir de las 17:00 hasta las 05:00 del día siguiente.

Prohibiciones 

Quedan prohibidas  todas las reuniones y actividades sociales, culturales, deportivas, religiosas y otras que impliquen aglomeración de personas.

Cierre de fronteras 

Desde las cero horas del viernes hasta el 31 de marzo se dispone el cierre de fronteras en todo el territorio de Bolivia.

Jornada laboral

La jornada laboral en las entidades públicas y privadas se desarrollará en horario continuo de 08:00 a 13:00.

Medidas de prevención

Los empleadores de las entidades públicas y privadas deberán dotar el material higiénico apropiado y suficiente para llevar adelante los protocolos de limpieza.

Suspensión de viajes

A partir de las 0 horas del sábado 21 de marzo, se suspenden los vuelos comerciales internacionales de pasajeros. Además, del transporte terrestre, fluvial y lacustre de pasajeros internacional, interdepartamental y provincial.

Sanciones

Las personas que infrinjan lo dispuesto por el Decreto Supremo pasibles de ocho horas de arresto sin juicio.