Opinión Bolivia

  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
  • Actualizado 17:03

Exvocales electorales de tres departamentos ya fueron eximidos de culpa en caso fraude

Se conoció que la Fiscalía ya había liberado de culpa a los exvocales de La Paz y Santa Cruz. Ahora, el ministro Lima reveló, el favorecimiento a exvocales de Beni con sobreseimiento.

Exvocales que fueron sobreseídos en el caso. ARCHIVO
Exvocales que fueron sobreseídos en el caso. ARCHIVO
Exvocales electorales de tres departamentos ya fueron eximidos de culpa en caso fraude

La Fiscalía ya eximió de culpa a exvocales electorales de tres departamentos en el caso fraude electoral. La más reciente resolución de sobreseimiento se registró en Beni y se suma a las que se ya se emitieron anteriormente en La Paz y Santa Cruz, informó el ministro de Justicia, Iván Lima.

Los procesos se iniciaron luego de que en noviembre de 2019, la OEA publicó un informe en que advertía irregularidades dolosas en las elecciones del 20 de octubre de ese año, de tal magnitud que no podía validar los resultados. En ese marco, la Fiscalía inició procesos a cada uno de los tribunales electorales departamental y, por separado, al Tribunal Supremo Electoral.

En pasadas semanas, se conoció que la Fiscalía ya había liberado de culpa a los exvocales de La Paz y Santa Cruz. Ahora, el ministro Lima reveló, a través de su cuenta de Twitter, la resolución que favorece a los exvocales de Beni con sobreseimiento.

En el caso de Beni, los beneficiados son los exvocales Rodolfo Coímbra, Humberto Parary, Fernanda Moreno, Carmen Tineo y Paulita Arancibia, quienes fueron eximidos de los tipos penales de incumplimiento de deberes y delitos electorales de alteración y ocultación de resultados, alteración o modificación del Padrón Electoral. 

El argumento de la decisión de la Fiscalía es que no se cuentan con elementos suficientes para sustentar una acusación.

“Al no contar con elementos suficientes que permitan sustentar una acusación y en aplicación del principio jurídico ‘indubio pro reo’ siguiendo el principio de objetividad que persigue el Ministerio Público que no solamente es acusar, sino también eximir de responsabilidad penal cuando No exista suficientes elementos de convicción como es en el presente caso”, dice el documento correspondiente a Beni. Este texto tal cual está también en la resolución de sobreseimiento en La Paz.

El ministro Lima agregó que se espera que los seis departamentos restantes decidan respecto a este tema, “con base en la objetividad e independencia”.