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  • Diario Digital | jueves, 25 de abril de 2024
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Decreto sobre las Fuerzas Armadas genera polémica

CIDH y Amnistía Internacional critican el Decreto Supremo y el Gobierno lo defiende. 
Decreto sobre las Fuerzas Armadas genera polémica

El Gobierno nacional emitió un Decreto Supremo en el que exime de responsabilidad penal a las Fuerzas Armadas que participen en los operativos para el restablecimiento del orden interno y estabilidad pública  cuando “en cumplimiento de sus funciones constitucionales actúen en legítima defensa o estado de necesidad en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad”.

4 Artículos

Contiene el Decreto Supremo  promulgado por la presidenta Janine Ánez. Las Fuerzas Armadas deben actuar enmarcados en el manual del Uso de la Fuerza de 2005.

El documento, dado a conocer ayer, señala también que las Fuerzas Armadas deberán enmarcar sus actuaciones conforme lo establece el Manual del Uso de la Fuerza aprobado mediante D. S. 27977 de fecha 14 de enero del 2005, "pudiendo hacer uso de todos los medios disponibles, que sean proporcionalmente a los riesgos operativos".

Al respecto, el ministro de la Presidencia, Jerjes Justiniano, en conferencia de prensa, aseveró que el mencionado Decreto Supremo “no es una licencia para matar",porque su objetivo es constituirse en un elemento disuasivo con miras a la pacificación del país.

 “Este Decreto establece que las FFAA puedan actuar junto con la Policía en operativos de disuasión y para repeler la agresión con el uso proporcional de la fuerza. Esto significa que, de ninguna manera, se transforma en una licencia para matar, es un elemento disuasivo porque lo que pretende el Gobierno es sencillamente evitar la confrontación, lo que pretende es evitar que existan más muertes y, sobre todo, que la paz social se restablezca en nuestro país”, señaló .

“El Decreto está enmarcado en el Código Penal, en la que el uso de la fuerza puede aplicarse por ejemplo cuando se actúa en defensa propia”, agregó.

No obstante, el Decreto fue duramente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“El grave decreto de Bolivia desconoce los estándares internacionales de DDHH y por su estilo estimula la represión violenta. Los alcances de este tipo de decretos contravienen la obligación de los Estados de investigar, procesar, juzgar y sancionar las violaciones de DDHH”, alerta el organismo internacional.

Asimismo, condenó cualquier acto administrativo del gobierno de Bolivia “que atente contra el derecho a la verdad, la justicia y al derecho internacional de los DDHH”, particularmente, añade, en el contexto de actuaciones de Fuerzas Armadas en las protestas sociales.

De su parte, Amnistía Internacional señaló que, con este Decreto, Bolivia "estaría violando estándares internacionales de derechos humanos al dar vía libre a las FFAA para actuar en los operativos de restablecimiento del orden interno sin riesgo de tener que responder penalmente por sus actos".

"El personal de las FFAA que participe en los operativos para el restablecimiento del orden interno y la estabilidad pública estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones constitucionales, actúen en legítima defensa o estado de necesidad, en observancia a los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad", dice la norma.

DECRETO

El nuevo decreto tiene cuatro artículos  detallados a continuación.

“El personal de las Fuerzas Armadas, que participe en los operativos para el restablecimiento del orden y estabilidad pública, estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones constitucionales, actúen en legítima defensa o Estado de necesidad (...) ”, dice el artículo 3 del Decreto. 

En el art. 4 del escrito añade que: “Las Fuerzas Armadas deberán enmarcar sus actuaciones conforme lo establece el Manual del Uso de la Fuerza aprobado mediante D. S. 27977 de fecha 14 de enero del 2005, pudiendo hacer uso de todos los medios disponibles, que sean proporcionalmente a los riesgos operativos". 

Por otro lado, el Decreto Supremo señala que “todas las organizaciones e instituciones públicas y privadas del estado, de acuerdo a las necesidades, deben prestar el apoyo requerido a las Fuerzas Militares y Policiales”.