Opinión Bolivia

  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 12:33

Las nueve fiscalías dejan sin efecto investigación de "caso fraude"; para Lima se desmontó una “mentira”

“El sobreseimiento confirmado de la Fiscalía orureña se constituye en la última ratificación del Ministerio Público, que así deja sin efecto los nueve procesos contra exvocales electorales departamentales”, informó el Ministerio de Justicia.
Una ciudadana emite su voto en las elecciones de 2019. Archivo
Una ciudadana emite su voto en las elecciones de 2019. Archivo
Las nueve fiscalías dejan sin efecto investigación de "caso fraude"; para Lima se desmontó una “mentira”

El ministro de Justicia, Iván Lima, dio a conocer hoy que, finalmente, la Fiscalía de Oruro decidió ratificar el sobreseimiento para exvocales y funcionarios departamentales acusados por el supuesto fraude en las elecciones del 2019.

Con esta decisión, las nueve fiscalías departamentales ya decidieron no seguir el proceso investigativo del caso y solo queda vigente la investigación contra los exvocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“El sobreseimiento confirmado de la Fiscalía orureña se constituye en la última ratificación del Ministerio Público, que así deja sin efecto los nueve procesos de investigación por supuesto “fraude electoral” contra exvocales electorales departamentales”, informó al respecto el Ministerio de Justicia.

En ese sentido, a través de su cuenta de Twitter, Lima aseguró que la decisión demuestra que no hubo un fraude electoral el 2019 y solo se montó una “mentira monumental” a la cabeza del líder de la oposición, Carlos Mesa.

El 2019, el  candidato de Comunidad Ciudadana Carlos Mesa denunció que hubo un “fraude monumental” para dar la victoria a Evo Morales (MAS) en primera vuelta y así evitar un balotaje entre ambos.

Producto de la denuncia, que activó protestas ciudadanas, y tras un informe de la OEA que daba cuenta de “irregularidades” en el proceso electoral, las elecciones fueron anuladas, Morales renunció a la presidencia y la Fiscalía inició una investigación de oficio contra los exvocales electorales nacionales y departamentales.

Empero, un año y medio después, según aseveró el Ministro de Justicia, no se presentó “una sola prueba” que demuestre el presunto hecho irregular.

La semana pasada, cabe recordar que el Ministerio de Justicia dio detalle de cada una de los procesos iniciados en los nueve departamentos por el presunto fraude:

LA PAZ: 

  1. Causa: No tiene elementos suficientes para fundar la acusación 
  2. No ha sido impugnado pese a la notificación. 

SANTA CRUZ: 

  1. Causa: El imputado no participó en el hecho  
  2. Impugnado y ratificado por que los extremos expresados en la denuncia han sido desvirtuados  en relación a la participación del denunciado , toda vez que el mismo no participó del hecho  denunciado.  

COCHABAMBA: 

  1. Causa: No hay suficiente prueba contra los imputados y duda razonable 
  2. Sobreseimiento ratificado porque los imputados no participaron en el hecho 

PANDO: 

  1. Causa: Los elementos de convicción son insuficientes para fundamentar una acusación  
  2. Impugnado y ratificado por que los elementos de convicción son insuficientes para fundamentar  una acusación precisamente por la inexistencia del hecho y la participación de los imputados. 

BENI: 

  1. Causa: No tiene suficientes elementos para presentar una acusación 
  2. Impugnado y ratificado 

CHUQUISACA:

  1. Causa: Por duda razonable y no se cuenta con elementos para emitir una acusación
  2. Impugnado y ratificado a la fecha por la misma causa 

ORURO:

  1. Causa: Que las participaciones de los imputados en el hecho investigado son insuficientes para  fundar una acusación 
  2. Impugnado y ratificado 

POTOSI:

  1. Causa: No existe prueba plena que haga ver con certeza la subsunción de los delitos denunciados a los imputados. 
  2. Impugnado y ratificado porque no existen suficientes elementos de prueba para sustentar la  acusación

TARIJA:

  1. Causa: Que el hecho no constituye delito
  2. Impugnado y ratificado porque el hecho no constituye delito