Opinión Bolivia

  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
  • Actualizado 12:31

Bolivia abre por 8 horas diarias puntos fronterizos con Perú, Chile, Argentina y Paraguay

Los residentes en poblaciones fronterizas deben presentar su carnet de identidad acreditando su residencia en una población fronteriza o Tarjeta Vecinal Fronteriza. 
Ingreso fronterizo de Desaguadero en Perú.  Radioondaazul.com
Ingreso fronterizo de Desaguadero en Perú. Radioondaazul.com
Bolivia abre por 8 horas diarias puntos fronterizos con Perú, Chile, Argentina y Paraguay

Los puntos fronterizos de Bolivia con Perú, Chile, Argentina y Paraguay –excepto el caso de Brasil– estarán funcionando por el lapso de ocho horas diarias de lunes a domingo, de acuerdo con una disposición del Gobierno para reducir el riesgo del ingreso de nuevas variantes del coronavirus.

Un comunicado conjunto de los ministerios de Salud y Deportes, Relaciones Exteriores y Gobierno establece la ampliación del plazo establecido en el artículo 7 del Decreto Supremo 4481 sobre el cierre temporal de las fronteras con la República Federativa del Brasil hasta las 00.00 del 16 de abril.

En ese país, se decidió además que el tránsito fronterizo fuera ampliado de tres a cuatro horas diarias. Según el viceministro de Comercio Exterior e Integración, Benjamín Blanco, fue para evitar que hayan aglomeraciones en los controles de salud.

En el caso de los otros países que limitan con Bolivia, el documento hace mención que los puntos fronterizos “se establece un tiempo máximo de 8 horas diarias de funcionamiento de lunes a domingo”.

“El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá realizar las coordinaciones necesarias con los países vecinos para acordar entre otros los horarios de funcionamiento de los pasos fronterizos”, añade otro punto del comunicado.

Los residentes en poblaciones fronterizas deben presentar su carnet de identidad acreditando su residencia en una población fronteriza o Tarjeta Vecinal Fronteriza en los casos que corresponda. Además, deben exhibir documentación exigida por normativa migratoria y aduanera vigente.

La determinación gubernamental establece además un refuerzo en las tareas de control epidemiológico en las poblaciones fronterizas con el fin de evitar el ingreso de nuevas variantes del coronavirus, principalmente en el caso del Brasil.

Para ello, el Ministerio de Salud y Deportes en coordinación con los servicios departamentales de salud podrá establecer procesos de vacunación por fuera del plan y cronograma de vacunación establecidos para el resto del territorio nacional, de acuerdo a la situación epidemiológica.

Se realizarán además muestreos aleatorios para estudios de prevalencia e identificación de variantes circulantes en la población.

El Ministerio de Gobierno junto con la Policía se encargará de reforzar las tareas de control migratorio para el cumplimiento del Decreto Supremo 4481.