Opinión Bolivia

  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
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NORMA PARA PAGO DE CRÉDITOS

Asoban rechaza decreto que modifica diferimiento

El Gobierno ajustó el marco normativo para diferir créditos con la finalidad de viabilizar el acceso al refinanciamiento y reprogramación de pagos.
El Gobierno modificó la reglamentación sobre intereses devengados mediante el Decreto 4409.   ARCHIVO
El Gobierno modificó la reglamentación sobre intereses devengados mediante el Decreto 4409. ARCHIVO
Asoban rechaza decreto que modifica diferimiento

La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) expresó este sábado su desacuerdo con el Decreto Supremo 4409 del presidente Luis Arce sobre diferimiento de la deudas, aduciendo que vulnera la normativa sobre las relaciones y obligaciones contractuales entre privados, la seguridad jurídica y contraviene la Constitución Política del Estado, al obligar su aplicación retroactiva.

La disposición gubernamental señala que se suspende el pago del interés adicional y traslada las cuotas diferidas al final del plan de pagos, a partir del refinanciamiento y/o reprogramación de las operaciones de crédito.

A través de un comunicado, citado por el portal de Erbol, expresa su desacuerdo con el Decreto Supremo 4409, que modifica la reglamentación respecto a los intereses devengados sobre el capital diferido y recuerda que los bancos desde el inicio de la pandemia apoyaron a las familias y empresas, con el diferimiento de las cuotas de los créditos, tal y como fueron aprobados.

Los bancos ratifican su voluntad y disposición para apoyar a sus clientes en la reactivación de sus actividades y junto a ellos acordar reprogramaciones o refinanciamientos, poniendo a su disposición el asesoramiento y la guía que atienda prioritariamente sus necesidades y la concreción de sus emprendimientos e iniciativas actuales y futuras.

Las entidades bancarias agrupadas en Asoban reafirman su compromiso con la reactivación económica del país, precautelando el bienestar de los ahorristas, e insta al Gobierno y a las entidades reguladoras y monetarias a sumar esfuerzos para fortalecer la cultura de pagos y preservar la solvencia del sistema bancario.

El plazo del diferimiento de créditos vence este 31 de diciembre y desde el 1 de enero de 2021, los prestarlos deberán cumplir con el pago de sus respectivos créditos en diferentes entidades financieras, aunque con los ajustes normativos dispuestos por el Gobierno, refiere una nota de Urgentebo.

Diferimiento

El plazo de diferimiento vence el 31 de este mes. Desde el 1 de enero, los prestatarios deberán cumplir con el pago de sus créditos en diferentes entidades financieras.