Opinión Bolivia

  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 20:22

Arce decide proteger alimentos, tierras, fauna silvestre y divisas

Los decretos supremos fueron aprobados por el Presidente, ayer, sobre los transgénicos, ajustes a trámites agrarios, bienestar de los animales y cuidado de la economía.
El presidente Luis Arce en el acto en conmemoración al Día Internacional de la Madre Tierra. APG
El presidente Luis Arce en el acto en conmemoración al Día Internacional de la Madre Tierra. APG
Arce decide proteger alimentos, tierras, fauna silvestre y divisas

El presidente Luis Arce aprobó ayer un conjunto de decretos supremos que buscan la protección de los alimentos, la tierra, la fauna silvestre y las divisas. Asimismo, dispuso un presupuesto para la investigación sobre la retardación en la atención y resolución de casos de feminicidio.

Son cinco normas sobre el uso de semillas transgénicas en cinco cultivos; la optimización de los procedimientos agrarios; el bienestar, conservación y preservación de los animales; y los nuevos límites para la internación y salida de divisas del territorio nacional. La última es para asignar Bs 747.567 para la Asamblea Legislativa Plurinacional para el funcionamiento de una comisión especial mixta.

TRANSGÉNICOS

El Mandatario, en un discurso en la inauguración de la Expo Feria "Productos Naturales de la Pachamama" en La Paz, anunció la abrogación de los decretos supremos 4232, 4238 y 4348 que fueron aprobados en la gestión de Jeanine Áñez que aceleraban, a través del Comité Nacional de Bioseguridad, la aplicación de procedimientos abreviados sobre el uso de semillas transgénicas en el cultivo de maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya, genéticamente modificados en sus diferentes eventos, destinados tanto al abastecimiento del consumo interno como para su exportación.

El decreto abrogatorio 4490 de este 21 de abril señala el DS 4348 promulgado por el “Gobierno de facto” contraviene el principio de seguridad y soberanía alimentaria y la reserva legal, en cuanto a la producción, importación y comercialización de transgénicos, establecido en la Constitución Política del Estado.

La Asociación de Productores de Oleaginosas y Trigo (Anapo), a través de su presidente, Fidel Flores, expresó su rechazo a la decisión del Gobierno y frena el acceso a nuevos eventos de biotecnología para los cultivos y la mejora de la productividad. Consideran que se debe priorizar el uso de los nuevos eventos de Organismos Genéticamente Modificados, por lo que insistirán en su acceso. 

TIERRAS

El DS 4494, referido a procedimientos agrarios, establece plazo de tres días hábiles para excusas o recusaciones. A su vez, las notificaciones de resoluciones individuales de procesos de saneamiento, reversión y expropiación se harán de forma personal por cédula en el domicilio y las que son generales se publicarán en un medio de alcance nacional por una sola vez y radiodifusora local por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

También dispone control de calidad, supervisión y seguimiento de los trámites y en el caso de errores u omisiones del proceso define plazos máximos para resolverlos. 

Finalmente, define requisitos y admisión de la solicitud de dotación de tierras fiscales. La resolución debe conocerse en un plazo no mayor a un año.

LA FAUNA

Arce también informó de la aprobación del DS 4489 para proteger la fauna silvestre y respetar el derecho a vivir libre en su ambiente aéreo, acuático y terrestre y a reproducirse en su medio natural, en el marco de la competencia exclusiva del nivel central del Estado, referida al régimen general de biodiversidad y medio ambiente.

“La fauna silvestre no puede ser considerada como cosa o mercancía, sino más bien como un conjunto de seres vivos que comparten el planeta con el ser humano y que cumplen funciones ambientales para la continuidad de la vida, susceptibles de aprovechamiento integral de acuerdo a la normativa vigente”, escribió el mandatario en su cuenta de Twitter.

La norma también determina que se debe proporcionar a la fauna silvestre acceso continuo a agua y alimentación que mantenga una salud y vigor acorde a la especie, un ambiente apropiado según su especie, prevención y atención de enfermedades y manejo y tratamiento que impidan el sufrimiento físico, mental y el estrés de los animales.

Por otro lado, prohíbe la caza deportiva, el comercio de especímenes silvestres en contravención a las disposiciones sanitarias, de aprovechamiento, de manejo y de bienestar animal; la tenencia de animales silvestres como mascotas; la promoción y la ejecución de peleas de animales de especies silvestres; y actividades de entretenimiento que involucren afectación a la fauna.

DIVISAS

Por otro lado, mediante el DS 4492, el Gobierno dispuso hasta un máximo de $us 20.000 la internación y salida física de divisas en Bolivia. Los montos mayores deberán ser tramitados a través de entidades bancarias reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Hasta antes de la vigencia del Decreto Supremo 4492, en el país solo estaba permitida la salida o el ingreso de hasta menos de $us 50.000.