Opinión Bolivia

  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
  • Actualizado 06:46

Áñez cumple 4 meses encarcelada y otra vez le niegan la libertad; debe seguir 2 meses más

Jeanine Áñez resguardada por policías durante su traslado a la FELCC, en La Paz. APG
Jeanine Áñez resguardada por policías durante su traslado a la FELCC, en La Paz. APG
Áñez cumple 4 meses encarcelada y otra vez le niegan la libertad; debe seguir 2 meses más

La expresidenta Jeanine Áñez cumple hoy cuatro meses con detención preventiva y, una vez más, le negaron la acción de libertad que presentó en una audiencia ante el juez en El Alto, Antonio Amaru.

“Hoy vuelven a negar a la expresidenta constitucional Jeanine Áñez su derecho a defenderse en libertad. La ampliación de 4 a 6 meses de la detención preventiva es ilegal”, escribieron sus familiares en su cuenta de Facebook.

Continúan señalando en la red que su defensa seguirá insistiendo ante todos los tribunales hasta lograr justicia por su vida, su salud y su inocencia y reiteran que según la Constitución Política del Estado y la Ley 044 de Juicio de responsabilidades, un juez no es competente para seguir un proceso ordinario a un exmandatario.

En este caso, la juez tercero de instrucción Claudia Castro se declaró competente y dio curso.

En este caso, la juez tercero de instrucción Claudia Castro se declaró competente.

Amaru, como juez del tribunal de garantías constitucionales de turno dispuso “denegar la tutela solicitada por la accionante”.

La autoridad judicial también observó que existe una resolución por la que se amplía a seis meses su detención.

La semana pasada, la expresidenta pidió en una audiencia de cesación de privación de libertad casa por cárcel, pero la solicitud también fue rechazada.

Entre tanto, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) respondió a requerimientos de la Fiscalía y remitió información sobre el comunicado que en 2019 habría avalado la sucesión de Áñez como presidenta.

Según el presidente del TCP, Paul Franco, en el documento se recordó que había una sentencia anterior, la cual avalaba la sucesión Ipso Facto en caso de renuncia.