Opinión Bolivia

  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 09:37

ABARCA A LOS PRÉSTAMOS NO MAYORES A 10.000 DÓLARES

Senado aprueba reprogramación de pagos de créditos y servicios

El proyecto de ley excepcional busca que por el tiempo que dure la declaratoria de cuarentena por la pandemia del coronavirus se pueda ayudar a diferentes sectores del país. 
La protestas de microempresarios que piden medidas para aplacar sus deudas. 	       APG
La protestas de microempresarios que piden medidas para aplacar sus deudas. APG
Senado aprueba reprogramación de pagos de créditos y servicios

El Senado Nacional anunció anoche la aprobación del proyecto de Ley Excepcional de Reprogramación de Pagos de Créditos y Servicios Básicos, en grande y detalle y su remisión a la Cámara de Diputados para su revisión.

El documento con dos artículos, que fueron dados a conocer por el senador Efraín Chambi, en conferencia de prensa y a través de la cuenta oficial de Twitter del Senado de Bolivia, hace referencia a la reprogramación de pagos a capital e intereses y los servicios básicos.

En el primero establece que las entidades de intermediación financiera que operan en territorio nacional deben realizar la reprogramación de capital e intereses de los préstamos cuya cuantía no supere los 70.000 bolivianos por el tiempo que dure la declaratoria de emergencia por la pandemia del coronavirus COVID-19.

“Esta medida podrá ser ampliada, por el Órgano Ejecutivo, de manera progresiva a otros prestatarios con montos superiores a los expresados en función a las medidas de emergencia que se pudieran asumir, previo análisis del Consejo de Estabilidad Financiera”, dice la norma.

También aclara que la medida, que debe aplicarse en un plazo máximo de 30 días, no implicará el incremento de la tasa de interés ni la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora, ni tampoco costos administrativos adicionales. En otro párrafo refiere que los deudores “podrán continuar el pago de sus créditos” si así lo desean apersonándose a entidad financiera.

UN DERECHO Respecto a los servicios básicos, también se fija que mientras dure la declaratoria de emergencia, las empresas públicas, privadas y cooperativas que presten servicios básicos, además de aquellos de internet, deberán garantizar la continuidad de sus servicios, tomando en cuenta que la Constitución no se puede dar el corte.

“En caso de incumplimiento en los pagos por los servicios de los usuarios, estos deberán ser reprogramados una vez finalizada la declaratoria de emergencia por la pandemia”.

La disposición final dice que será el Órgano Ejecutivo que reglamentará la ley en un plazo de hasta cinco días calendario. 

En el Senado también aprobaron por unanimidad el proyecto de Ley para la prevención, Contención y Tratamiento de la Infección por el coronavirus”. Entre otros puntos, dispone la atención para los afectados de manera gratuita en los establecimientos de salud y la difusión de campañas educativas en los medios de comunicación.