Opinión Bolivia

  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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LA LEY 1173 Y LA BUROCRACIA CREAN DESGASTE

Agresores bajo el “paraguas garantista”

Una marcha de mujeres, ante la ola de feminicidios en el país.      Archivo
Una marcha de mujeres, ante la ola de feminicidios en el país. Archivo
Agresores bajo el “paraguas garantista”

Familias que peregrinan con el clamor de la justicia en la boca, investigaciones de feminicidios que se llenan de polvo, y mujeres asesinadas que se convierten en estadísticas bajo el lente del Estado y el sistema judicial. En lo que va de este año, en el país han sido ultimadas 38 mujeres. El dato es decepcionante, como lo es, también, el hecho de lidiar con que las sentencias en primera instancia no alcanzan para que los agresores sean retenidos detrás de las rejas.

El “sistema garantista”, que ha optado por cobijar con una serie de beneficios a los imputados, es uno de los problemas que presenta la Justicia y que consolidó la Ley 1173, de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres.

En ello coinciden Ángela Nogales, fundadora de Mujeres de Fuego, y la abogada penalista Mercedes Cortez, quien presenta una franca batalla contra los feminicidas. El hecho de que los imputados cuenten con elementos que tiendan a su protección y que, en contrapartida, las víctimas carezcan de garantías genera malestar. Este mes se supo que Omar Alejandro Ordoñez Avilés, sentenciado a 30 años de cárcel por el feminicidio de la adolescente María del Carmen Carballo Reyes, pagó 100 mil bolivianos como fianza para salir libre de El Abra. El hombre fue el principal acusado de la muerte de la muchacha que tenía 16 años, fue violada y ultimada por Wander Rap, de Cliza, en 2016.

Para Nogales, el estado de vulnerabilidad de las víctimas es completo. “La ley 1173 dejó en indefensión a las mujeres que denunciaron y a los familiares que siguen procesos. Para que los sentenciados en primera instancia no estén con cesaciones de detención necesitan tener la sentencia ejecutoriada, ¿pero cuánto tiempo requiere esto? Al menos, unos cinco o seis años”.

Explica que, en el ínterin, los imputados tienen tiempo para desarticular los elementos en su contra. “Para llegar a un primer juicio oral después del hecho, tienes que esperar al menos dos años. Los sentencian, ellos están con el derecho de apelar, apelan y se duerme (el caso) en las salas de apelación. Hacen dormir estos procesos, que están ahí dos años más. Entonces, son cuatro en total. De ahí tienen que ratificar. Si no lo hacen, siguen el proceso, y si ratifican, debe irse a Sucre, a la casación, y se continúa peleando ahí”.

“No es suficiente ahora tener una sentencia en primera instancia porque esta debe ser ejecutoriada. En ese lapso, los acusados ganan tiempo para ir desvirtuando cada uno de los elementos hasta que salen con fianzas de 20 mil, 50 mil o 100 mil bolivianos (gozan) de detenciones domiciliarias y sin custodios”.

Cree que el caso de la adolescente asesinada por Omar Alejandro sienta un precedente lamentable que deja un lema: “Por matar o violar puedes estar dos o tres años y vas a salir en libertad. Eso es lo que está demostrando la Justicia”.

 Cortez, por su parte, entiende que la norma 1173 coadyuvó para que la lucha se vea obstruida. “Este paraguas de derechos humanos, como es la presunción de inocencia o el principio pro homine para ellos, cuando se aplique una norma va a prevalecer por encima de los derechos de las víctimas. Contar con una sentencia en primera instancia ya no implica un nuevo riesgo procesal para mantenerlos en la cárcel. La ley 1173 puso un límite a la detención preventiva. Son aspectos jurídicos, herramientas que fueron reforzando más este paraguas que protege a los agresores”.

Así, el hecho de que los agresores no puedan ser instados a someterse a exámenes de ADN o a facilitar sus dispositivos electrónicos bajo la figura de que se colecte un celular bloqueado, por ejemplo, representa trabas.

Cortez relata que lo mismo acontece con las pericias psicológicas. “¿Cuántas veces, en un proceso penal, pedimos que se sometan a pericias para demostrar que existen psicopatologías que los hace más proclives al delito, pero tampoco se prestan y no hay forma de obligarles?”.

Los tiempos procesales desgastan a las familias. “Cuesta mucho que los tribunales, los jueces de alzada o los de sentencia dejen de priorizar los derechos de ellos por encima de los de las mujeres”.

MAL PRECEDENTE Cortez acompañó gratuitamente a la familia de María del Carmen en parte del proceso. Sin embargo, se siente frustrada al comprender que se vio apartada del caso. Estuvo cerca de presentar un amparo para evitar que el sentenciado saliera libre, pero ello no fue posible. “Hemos logrado que el tribunal le rechazara la libertad. La doctora Mirtha Montaño, de la sala penal primera, contra todo pronóstico, alejándose de la norma, en la segunda instancia le dio la libertad. Esto genero un mal precedente en los demás casos”, dice la penalista y agrega que la madre de la víctima fue luego defendida por otro abogado. A partir de allí, el camino fue distinto.

“Como un desafío hacia su familia”

Sobre el hecho de que los adolescentes decidan involucrarse con pandillas que funcionan de forma irregular, el psicólogo Santiago Valda comprende que existen diversos factores que impulsan a los jóvenes a tomar estas determinaciones. A veces, estos se encuentran vinculados con la relación que existe con y entre sus padres.

“Muchas veces, lo expresan como un desafío hacia su propia familia. También, por el deseo de ser aceptados por un grupo, sentirse protegidos, validados. Además, influye el tipo de relación que lleven sus padres”.

No solo la disfuncionalidad de un núcleo familiar es elemento para que se produzcan estas interacciones. “Es cierto, las familias disfuncionales sí que pueden ser un factor de riesgo, pero generalmente podemos incluir más. Por ejemplo, el lugar donde viven, la cultura y los modelos de crianza. Por eso es importante el querer y aceptar a nuestros adolescentes, intentando no juzgarlos por los amigos que eligen. Hay que enseñarles a diferenciar entre la apariencia y la identidad. La apariencia es lo que intentamos ser o lo que se nos pide ser, mientras que la identidad es lo que somos”, argumenta.

Ley 348 

Mujeres de Fuego, al igual que otras asociaciones, formuló propuestas para la modificación de la ley 348. Según Ángela Nogales, estas quedaron en los papeles, pues antes es necesario saber cuál es el presupuesto para las políticas.