Opinión Bolivia

  • Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
  • Actualizado 10:50

OBSTACULIZACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL

TSE rechaza amenaza de dirigente norte potosino

La Ley Electoral sanciona con un máximo de cinco años de cárcel a las personas que impidan la libre circulación de las agrupaciones políticas.
TSE rechaza amenaza de dirigente norte potosino


La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), María Choque, mediante un comunicado, rechazó la advertencia que hizo un dirigente de Norte Potosí a los candidatos presidenciales de la oposición, que ingresen a esa región a hacer campaña.

En la pasada jornada, el ejecutivo de la Federación de Campesinos del Norte de Potosí, Ever Rojas, dijo, en un acto en presencia del presidente Evo Morales, que los kataris de Norte Potosí “envenenarán” a los opositores que se atrevan a entrar a esa zona para hacer proselitismo. "¡Wañuchun q´aras (mueran los blancos)", manifestó el dirigente.

"Como Órgano Electoral Plurinacional, rechazamos estas advertencias porque van en contra de la democracia y del pluralismo político en nuestro país. Hacemos un llamamiento a respetar y garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles y políticos como la libre circulación, la libre reunión, y la libertad de pensamiento y expresión de opiniones de todas y todos los bolivianos", indicó Choque, según cita Urgentebo.

Asimismo, la titular del TSE señaló que la Constitución Política del Estado (CPE) establece que todas las personas tienen el derecho a circular libremente por todo el territorio nacional y también a expresarse y asociarse libremente.

Acotó que este tipo de declaración, como la realizada por Rojas, vulneran el derecho a la libre información que tienen los bolivianos, en especial en este proceso electoral.

"El acceso a la información por parte de las distintas organizaciones políticas que participan en el proceso es una condición para el ejercicio democrático", puntualizó.

El inciso h del artículo 238 dispone que la obstaculización de procesos electorales constituye un delito electoral. La disposición señala, según ANF, que la persona que promueva desórdenes o por cualquier medio obstaculice, obstruya o impida la realización o desarrollo de procesos electorales (...) en un determinado espacio territorial del país, será sancionado con dos a cinco años de cárcel.