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  • Diario Digital | martes, 23 de abril de 2024
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LAS PROFESORAS Y LOS PROFESORES

LAS PROFESORAS Y LOS PROFESORES

Apreciadas profesoras y apreciados profesores, es importante informarles que desde el 1 de agosto del año 2012, está vigente en nuestro Estado Plurinacional, el Decreto Supremo Nº 1302, que establece que las y los Directores Departamentales de Educación y el Ministerio de Educación, tienen la obligación de denunciar y coadyuvar en la acción penal correspondiente hasta su conclusión, ante el Ministerio Público de su Jurisdicción o autoridad competente, en contra de directores, docentes o administrativos del Sistema Educativo Plurinacional, que hubiesen sido sindicados de la comisión de delitos que atenten contra la vida, la integridad física, psicológica y/o sexual de las niñas, niños y adolescentes estudiantes. Normativa concordante con la Ley N° 548, Código Niña, Niño y Adolescente, que obliga a todas las personas, sean particulares, servidoras y servidores públicos, que tengan conocimiento de hechos de violencia en contra de las niñas, niños o adolescentes, deben denunciar en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas de conocido el hecho, ante las Defensorías de la Niñez

Es importante que tengan conocimiento, que la Defensoría del Pueblo y todas instituciones que velan por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes , no permitirán que estos hechos queden en la impunidad e instarán para que las instituciones públicas del Estado cumplan a plenitud sus competencias promoviendo los mecanismos necesarios para la erradicación de la violencia, maltrato y abuso que atente contra la vida e integridad física, psicológica o sexual de niñas, niños y adolescentes, en el ámbito educativo.