Canchas deportivas y parques invaden las franjas de seguridad
Contra todas las normas vigentes, las franjas de seguridad de muchas torrenteras y quebradas de Cochabamba, Sacaba y Tiquipaya están invadidas por obras de equipamiento.
Canchas deportivas con tinglados, césped sintético, iluminación y en algunos casos hasta vestidores y baños se han construido al borde de la franja de seguridad de las torrenteras.
Estas obras, que se ejecutan con recursos de la Ley de Participación Popular, de los municipios o proyectos del Programa Bolivia Cambia Evo Cumple, han hecho que las edificaciones cercanas a los afluentes se consoliden, dijo el presidente de la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve), Eliseo Alejandro Colque.
Además de las canchas, otras obras como parques infantiles y glorietas con asientos para descansar también ocupan los espacios que deberían ser respetados y estar libres en caso de cualquier inundación o deslizamiento.
Las obras están dentro de los 10 y 20 metros de las franjas de seguridad incumpliendo la Ley 482 de Municipalidades que establece una dimensión de 25 metros a cada lado de la máxima crecida de las torrenteras.
El artículo 31 de esta ley establece las franjas de seguridad como “bienes de dominio público que abarcan todos los márgenes naturales que se encuentran hasta 25 metros a cada lado del borde de máxima crecida de ríos, quebradas y torrenteras, con sus lechos, aires y taludes hasta su coronamiento”.
Un error frecuente en la interpretación de este artículo es la aplicación de esos 25 metros de ancho a partir de la orilla que se ve en el momento de la medición y sin tomar en cuenta los antecedentes históricos de la máxima crecida.
Lo importante de esta norma es precisamente la determinación de “orilla de máxima crecida”, que resulta de un análisis del comportamiento hidrológico del río en los últimos 40 a 50 años y las principales riadas e inundaciones que sucedieron estableciendo de manera natural el área de influencia del río. Desde ese punto histórico es que recién se contabiliza hasta 25 metros, dijo el exdirector del Parque Nacional Tunari (PNT) Carlos Espinoza.
La norma obliga al municipio a inscribir, en el registro de Derechos Reales, todas las servidumbres públicas.
El problema de las franjas de seguridad es aún más grave en la zona urbana y con mayor población.
Uno de los casos más graves según Espinoza, es la construcción de la ciclorruta de la zona norte que se emplazó encima del canal que une las aguas de la torrentera Sotomayu y la quebrada Andrada y pasa por la avenida Melchor Urquidi.
La torrentera termina convirtiéndose en un canal tapado. Según el secretario de Planificación de la Alcaldía de Cochabamba, Manuel Prado, no existen riesgos porque se hicieron obras para evitar que cualquier tipo de material o roca baje hasta las zonas bajas.
“Tenemos colmatadores y vertederos para retener el agua y otros materiales”.
PRESIÓN
Alejandro explicó que este tipo de obras en plena franja de seguridad se hacen por exigencia de los vecinos que desean invertir sus recursos en espacios de recreación para sus hijos.
Explicó que, cuando se establece un nuevo barrio, este debe dejar varios metros cuadrados a la Alcaldía para el área verde.
Como algunos de estos barrios se hicieron sin planificación y pasaron a ser legales después de los asentamientos, no dejaron espacios para el área verde y es por eso que se toma en cuenta las franjas de seguridad, dijo Prado.
Coincidió con el presidente de Fejuve al justificar que muchas de estas obras se hacen por la presión que ejercen los vecinos.
“Las aprobaciones y la construcción las hacen las subalcaldías, pero eso, no quiere decir que este bien, no se debe impermeabilizar el suelo”.
INVERSIONES
En este tipo de obras que están en zonas protegidas por ley se hacen grandes inversiones.
De acuerdo a las entregas que se han hecho en todo el país, el costo aproximado de una cancha deportiva multifuncional oscila entre los 250 mil y 300 mil bolivianos.
Según Alejandro hay casos en los que los vecinos terminan pagando por estas obras para consolidar sus asentamientos.
SERVIDUMBRE
ECOLÓGICA
Las servidumbres ecológicas son terrenos en ladera con pendientes mayores a 45 grados, no aptos para la agricultura y con bosques nativos, así como afloramientos de agua, zonas de recarga hídrica, humedales, y riberas de ríos o quebradas según tipo de terreno, caudales y riesgo. Espinoza denunció que algunos de estos terrenos fueron aprobados para uso agrícola por parte del Instituto Nacional de Reforma Agraria, exponiendo así estas zonas a que en un futuro puedan ser urbanizadas.
25
Metros
Según la Ley de Municipalidades 482, la franja de seguridad en las torrenteras debe ser de 25 metros a cada lado.
Espacios
Según la Alcaldía del Cercado, las construcciones en la franja de seguridad se hacen por presiones de los vecinos y la falta de áreas verdes en zonas donde hubo asentamientos y luego se legalizaron.